De conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 y 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de CROM-2 SOCIEDAD ANÓNIMA, celebrada el día 3 de noviembre de 2026, acordó por unanimidad reducir el capital social en la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS (449.548,00 €), pasando de 899.096,00 € a 449.548,00 €.
La reducción se lleva a cabo mediante la amortización de 7.480 acciones propias, de 60,10 euros de valor nominal cada una, números 3.321 a 6.640, ambas inclusive, y 10.801 a 14.960, ambas inclusive, adquiridas previamente por la Sociedad a título oneroso. La reducción tiene por finalidad la amortización de las referidas acciones propias, comportando devolución del valor de las aportaciones a los efectos previstos en la legislación societaria, sin que como consecuencia de la ejecución del acuerdo de reducción deba abonarse cantidad alguna a los accionistas, al haberse producido previamente el desembolso correspondiente con ocasión de la adquisición de las acciones propias por la Sociedad.
Como consecuencia de la reducción, las 7.480 acciones subsistentes se renumeran correlativamente del 1 al 7.480, ambas inclusive, manteniendo su valor nominal de 60,10 euros cada una.
En consecuencia, el capital social queda fijado en CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS (449.548,00 €), representado por 7.480 acciones nominativas, numeradas correlativamente del 1 al 7.480, ambas inclusive, de 60,10 euros de valor nominal cada una, íntegramente suscritas y desembolsadas.
La reducción de capital se ejecutará una vez transcurrido el plazo legal para el ejercicio del derecho de oposición de los acreedores, siempre que no se haya formulado oposición o, en caso de haberse formulado, una vez que los créditos correspondientes hayan sido debidamente satisfechos o garantizados.
De conformidad con los artículos 334 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos reúnan los requisitos legalmente establecidos podrán ejercitar su derecho de oposición a la reducción durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción.
Alcarràs, 3 de noviembre de 2026.- Administrador único, Alberto Aliaga Colom.
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