De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria de carácter universal de socios de Xauen Supra, S.L. (sociedad escindida), celebrada el 31 de agosto de 2026, ha acordado, por unanimidad, la escisión total de la referida sociedad, con la extinción de esta sin ulterior liquidación y con división de su patrimonio en dos partes.
Las beneficiarias de dicha escisión son las sociedades preexistentes Faro Norte inversiones, S.L. y Casa Duran Capital, S.L. (sociedades beneficiarias). Adquirirán, por sucesión a título universal y en los términos del proyecto de escisión total formulado por el administrador único de la sociedad escindida, todos los derechos y obligaciones que integran el patrimonio de la sociedad escindida. A los socios de la sociedad escindida se les adjudicarán participaciones de las sociedades beneficiarias en proporción a su respectiva participación en la sociedad escindida.
En virtud del artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de escisión total en junta universal y por unanimidad de todos los socios, y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 71 de la misma norma, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión ni el informe de los administradores sobre el mismo. Asimismo, en aplicación del citado régimen simplificado, al atribuirse a los socios de la sociedad escindida participaciones sociales de las sociedades beneficiarias proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de aquella, no son necesarios el informe de expertos independientes ni el balance de escisión. No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión total contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido.
Se hace público el derecho de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de la sociedad escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de oponerse a la escisión total en el plazo y en los términos previstos en el Real Decreto-ley 5/2023.
Mazarrón, 1 de septiembre de 2026.- Administrador Único, Pedro Duran Granados.
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