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Documento BORME-C-2026-5620

VISTA MANZANILLA, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 206, páginas 6968 a 6969 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2026-5620

TEXTO

De conformidad con lo previsto en los artículos 166 y 167 de la Ley de Sociedades de Capital y los estatutos sociales, se convoca Junta General Extraordinaria de la sociedad Vista Manzanilla, S.L., que tendrá lugar el próximo día 13 de noviembre, a las 10:00 horas, en Mijas, Avda. de Méjico nº 12, Edificio Montemijas, Bloque B, L-1, para deliberar y adoptar, en su caso, acuerdos con arreglo al siguiente:

Orden del día

Primero.- Informe del administrador referente a la deuda pendiente con el Ayuntamiento de Mijas y su reclamación por vía de apremio. Decisiones a adoptar, considerando las propuestas de las mercantiles La Manzanilla UK Ltd. y Byblos Country Club Golf, S.A., consistentes en: a) Quedar a expensas de la resolución del Ayuntamiento para hacer frente a las cuotas que se generen con aportaciones de préstamos de los socios, en función a su participación, para el pago de las cuotas; y en caso de denegación del aplazamiento, préstamo de los socios para liquidar la deuda. Dicho préstamo generaría un interés a favor del socio igual al interés legal. b) Liquidar la deuda mediante ampliación de capital con aportación dineraria, por un importe máximo de quinientos mil euros (500.000 euros), mediante la emisión y puesta en circulación de un máximo de quinientas mil (500.000) nuevas participaciones de un euro (1,00 euro) de valor nominal cada una, que se suscribirán y desembolsarán mediante aportaciones dinerarias, con reconocimiento del derecho de suscripción preferente y con previsión de suscripción incompleta. En su caso, modificación del artículo 4 de los estatutos sociales (capital social).

Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, de añadir artículo 13 de los Estatutos Sociales, relativo al régimen de transmisión voluntaria de participaciones sociales por actos inter vivos, al objeto de declarar libres las transmisiones realizadas por cualquier socio a favor de sociedades íntegramente participadas (100%) por el propio socio transmitente, dando redacción a dicho acuerdo con el siguiente contenido: Artículo 13.- Transmisión voluntaria por actos ínter vivos. 1. La transmisión voluntaria de participaciones sociales por actos ínter vivos entre socios, así como la realizada en favor del cónyuge, ascendientes o descendientes del socio, o en favor de sociedades pertenecientes al mismo grupo que la transmitente, será libre. 2. Asimismo, será plenamente libre, y no estará sujeta a las restricciones ni a los derechos de adquisición preferente regulados en los apartados siguientes, la transmisión de participaciones sociales realizada por cualquier socio a favor de otra sociedad de la que dicho socio transmitente sea titular, de forma directa o indirecta, del cien por cien (100%) de su capital social o de sus derechos de voto, de manera ininterrumpida. 3. Las transmisiones no comprendidas en los apartados anteriores estarán sometidas al régimen de autorización y adquisición preferente regulado en el artículo 107 de la Ley de Sociedades de Capital.

Tercero.- Nombramiento del cargo de administrador, y en su caso, cambio de la modalidad del órgano de administración.

Cuarto.- Redacción, lectura y aprobación, en su caso, del acta de la sesión.

Quinto.- Delegación de facultades en el órgano de administración para la ejecución, subsanación, formalización e instrumentación en documento público de los acuerdos adoptados por la Junta General, así como para proceder a su preceptiva inscripción en el Registro Mercantil.

Conforme al artículo 196 de la Ley de Sociedades de Capital, el órgano de administración proporcionará toda la información relativa a los asuntos a tratar que sea solicitada por escrito por cualquier socio con carácter anticipado a la fecha de la Junta.

Mijas, 15 de octubre de 2026.- Administrador, Gerhard Peter Josef Wilhelm Wolfmeier.

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