Los Administradores Solidarios de PUNZOMET, S.L. abajo firmantes convocan a los socios a la Junta General Extraordinaria que se celebrará el día 16 de noviembre de 2026, a las 14:00 horas, en la Notaría de D. Domingo Paniagua Santamaría, sita en Arganda del Rey (Madrid), Avenida de Madrid, nº 120, Nave 30, con el siguiente
Orden del día
Primero.- Modificación de los Estatutos sociales para su adaptación a la Ley de Sociedades de Capital, con nueva sistemática en Títulos I a VIII, inclusión de rúbricas y renumeración del articulado, y aprobación de un texto refundido. En cada apartado se cita el número que el artículo tiene en los Estatutos vigentes y, entre paréntesis, el que tendrá en el texto refundido. Se votarán por separado los siguientes artículos o grupos de artículos: a) Actualización terminológica, de redacción y de las remisiones legales de los artículos 1 (1), 3 y 4 (3; el artículo 4 se integra como último párrafo del artículo 3), 5 (4), 6 (6), 7 (7), 9 (9), 10 (10), 11 (11), 12 (12), 14 (14), 15 (15), 18 (19), 21 (25), 23 (27), 24 (29), 25 (30), 26 (31), 27 (32, que pasa a referirse a las modificaciones estructurales en general), 28 (33) y Disposición Adicional (34). b) Artículo 2 (2), domicilio social: se atribuye al Órgano de Administración la competencia para trasladarlo dentro del territorio nacional. c) Artículo 8 (8), transmisión voluntaria de participaciones por actos inter vivos: el valor razonable de las participaciones, a falta de acuerdo, lo fijará un experto independiente en lugar de un auditor de cuentas. d) Título y artículo de nueva incorporación (Título II y artículo 5), comunicaciones por medios electrónicos: socios y administradores deberán facilitar a la Sociedad una dirección de correo electrónico; y artículo 13 (13), libro registro de socios: se anotará en él la dirección de correo electrónico de cada socio. e) Artículo 16 (16), adopción de acuerdos: sin variar las mayorías, se añaden a los acuerdos que requieren el voto favorable de dos tercios la cesión global de activo y pasivo y la limitación del derecho de preferencia, y la remisión al artículo 65.1 de la LSRL se sustituye por la del artículo 230 de la LSC. f) Artículo 17, salvo su último párrafo (17 y 18), convocatoria de la Junta General: la convocatoria se hará mediante comunicación individual y escrita a cada socio, también por medios electrónicos; y la Junta universal pasa a regularse en el artículo 18, que permite su celebración en cualquier lugar y por medios telemáticos. g) Artículo 19, en lo relativo al lugar de celebración (20, párrafos primero y segundo), lugar de celebración y asistencia a la Junta: las Juntas se celebrarán en el término municipal del domicilio social o, alternativamente, en el de Madrid, y se admite la asistencia por medios telemáticos. h) Párrafo de nueva incorporación (20, último párrafo): Juntas sin asistencia física de los socios o sus representantes, conforme al artículo 182 bis de la LSC. i) Artículo 19, en lo relativo a la presidencia y secretaría de la Junta, y artículo 17, último párrafo (21), mesa de la Junta y desarrollo de la sesión: el Presidente y el Secretario serán designados por los asistentes, salvo que exista Consejo de Administración, en cuyo caso lo serán quienes lo sean del Consejo. j) Artículo de nueva incorporación (22), asistencia y representación del socio: además de por las personas previstas en la LSC, el socio podrá hacerse representar por cualquier otra persona, mediante poder escrito y especial para cada Junta. k) Artículo 19 (23), en lo relativo a las actas de la Junta: el acta incluirá la lista de asistentes y los acuerdos podrán ejecutarse desde la aprobación del acta; y se regula el acta notarial, que el Órgano de Administración deberá requerir cuando lo soliciten socios que representen al menos el 5% del capital social. l) Artículo 20 (24 y 28), modos de organizar la administración y régimen del Consejo de Administración: se mantiene en lo sustancial su contenido, se precisa que la Junta podrá optar entre los distintos modos de organizar la administración sin necesidad de modificar los Estatutos, y se prevén las reuniones del Consejo por medios telemáticos, su convocatoria por correo electrónico y su convocatoria por los consejeros que constituyan al menos un tercio de sus miembros. m) Artículo 22 (26), nombramiento, duración, separación y prohibiciones de los administradores: la separación podrá acordarse por la mayoría ordinaria del artículo 16, en lugar de por la mayoría del capital social, y aunque no conste en el orden del día; y el régimen de prohibiciones se actualiza por remisión al artículo 213 de la LSC. n) Disposición Final: supresión de la sumisión a arbitraje de equidad. o) Aprobación del texto refundido de los Estatutos sociales.
Segundo.- Cambio en el modo de organizar la administración de la Sociedad, que pasa de tres administradores solidarios a un Consejo de Administración. Cese de los administradores solidarios, con votación separada respecto de cada uno de ellos, y fijación en tres del número de miembros del Consejo de Administración.
Tercero.- Nombramiento de los miembros del Consejo de Administración, con votación separada respecto de cada uno de ellos.
Cuarto.- Delegación de facultades para formalizar, subsanar, elevar a público e inscribir los acuerdos.
De conformidad con el artículo 287 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar el derecho que corresponde a todos los socios de examinar en el domicilio social el texto íntegro de las modificaciones estatutarias propuestas y del texto refundido de los Estatutos, así como de pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos. Asimismo, conforme al artículo 196 de la Ley de Sociedades de Capital, los socios podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la Junta General, o verbalmente duran-te la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. Los Administradores han acordado requerir la presencia de Notario para que levante acta de la Junta, de conformidad con el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital.
Arganda del Rey (Madrid), 19 de octubre de 2026.- Administradores Solidarios, José Antonio Blázquez López-Cózar y Casimiro Gallego-Casilda Fernández-Paniagua.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid