Conforme al artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante RDLME), sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, las Juntas Generales Universales de socios de CARMAG, SL (sociedad absorbente) y MABA UPRIGHT REAL STATE, SL (sociedad absorbida) en sendas sesiones celebradas el 1 de octubre de 2026 aprobaron por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante el procedimiento de fusión por absorción por la Sociedad Absorbente de la Sociedad Absorbida en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los miembros de los órganos de administración de ambas sociedades, sobre la base de los balances de fusión de las sociedades cerrados a 1 de abril de 2026 y que han sido sometidos a aprobación por las juntas que deliberan sobre la fusión, según estaba previsto en el Orden del día.
La fusión implica la extinción de la personalidad jurídica y disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión y traspaso en bloque y por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones del patrimonio social a la sociedad absorbente, que amplía su capital social en la cifra correspondiente del patrimonio neto de la sociedad absorbida, lo que se recoge en los artículos correspondientes de los estatutos sociales, adjuntos al proyecto de fusión. Los nuevos títulos se distribuirán entre los socios en proporción a su participación. Como fecha de efectos contables de la fusión se fija el día 1 de octubre de 2026.
Se hace constar que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por unanimidad al amparo de lo dispuesto por el artículo 9 del RDLME, que ha sido adoptado conforme a lo dispuesto en el proyecto Común de fusión suscrito y firmado por el órgano de administración de las sociedades intervinientes el día 30 de junio de 2026, y que no fue depositado en el Registro Mercantil por decisión unánime de los socios.
Los socios y acreedores de todas las sociedades intervinientes en la fusión tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de las sociedades intervinientes cerrados a 1 de abril de 2026.
Asimismo, los acreedores de todas las sociedades intervinientes en la fusión podrán notificar a la sociedad su disconformidad con la fusión y con las protecciones otorgadas a sus créditos y ejercitar para ello las actuaciones recogidas en el artículo 13 del RDLME en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Barcelona, 19 de octubre de 2026.- Administradores únicos de Carmag, SL y Maba Upright Real State, Sl, Don Inganio De Villalonga Pifarré Y Don Manuel Badia Mir.
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