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Documento BORME-C-2026-5397

IMPORTEXPORTCASTRO, SLU

Publicado en:
«BORME» núm. 196, páginas 6696 a 6696 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-5397

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (el "Real Decreto-ley 5/2023"), se hace público que el socio único de Importexportcastro, S.L.U., ejerciendo las competencias de la junta general, decidió el 15 de septiembre de 2026 su transformación en sociedad anónima, pasando a denominarse Importexportcastro, S.A.U.

La transformación ha sido acordada por el socio único, ajustándose al proyecto de transformación redactado y suscrito por el administrador único el 14 de septiembre de 2026, aprobándose el balance cerrado a 31 de agosto de 2026, conforme se detalla en el proyecto de transformación de la sociedad, así como el texto de los estatutos sociales, cumpliendo con los requisitos y formalidades establecidos en la Ley de Sociedades de Capital para las sociedades anónimas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, se hace constar que se trata de una transformación, aprobada por el socio único, ejerciendo las competencias de la junta general, equiparándose a una junta general universal y por unanimidad, por lo que no resultó necesaria la previa publicación o depósito del proyecto de transformación ni de los restantes documentos exigidos por la Ley.

Igualmente, y por los mismos motivos, se hace constar que tampoco fue necesario publicar el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones al proyecto de transformación previsto en el artículo 7 del Real Decreto-ley 5/2023.

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo de transformación y el balance aprobado.

Almería, 6 de octubre de 2026.- Administrador único, Jorge Castro Nieto.

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