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Documento BORME-C-2026-5391

SERVICIOS SOCIO SANITARIOS GENERALES SPAIN, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

AMBULANCIAS NORSANIT, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 196, páginas 6690 a 6690 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-5391

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que con fecha 2 de octubre de 2026 se celebró la Junta General Universal de Servicios Socio Sanitarios Generales Spain, S.L. (sociedad absorbente), que aprobó por unanimidad la fusión por absorción de Ambulancias Norsanit, S.L. (sociedad absorbida), participada al cien por cien (100 por 100) de forma directa por la sociedad absorbente, con la transmisión en bloque de todo el patrimonio de la sociedad absorbida, que se extinguirá sin liquidación, y la sucesión universal de sus derechos y obligaciones a favor de la sociedad absorbente, todo ello según los términos del proyecto común de fusión suscrito el día 30 de junio de 2026 por los administradores de las sociedades intervinientes, así como del balance de fusión cerrado a 31 de diciembre de 2025.

La fusión se realiza de conformidad con el artículo 53 del Real Decreto-ley 5/2023, por tratarse de una fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, acogiéndose al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. De conformidad con el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo en junta universal y por unanimidad, no ha sido necesaria la publicación ni el depósito previo de los documentos exigidos por la Ley.

Los trabajadores y los acreedores de las sociedades participantes conservarán íntegros los derechos que legalmente les correspondan, produciéndose la sucesión universal de la sociedad absorbente en todas las obligaciones de la absorbida. Los acreedores de las sociedades participantes podrán ejercitar su derecho de oposición a la fusión en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, conforme a los artículos 13 y 14 del Real Decreto-ley 5/2023.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y del balance de fusión, en los términos del artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, documentos que se hallan a su disposición en los domicilios sociales de las sociedades participantes.

Alcalá de Guadaíra (Sevilla), 2 de octubre de 2026.- El Administrador único de la sociedad absorbente, Don Fabio Manrique Sabatel.

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