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Documento BORME-C-2026-5387

CONSULTORIA DE EVENTOS MTGLOBAL, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

TERRA VIAJES, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 196, páginas 6685 a 6686 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-5387

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que el Administrador único de Consultoria de Eventos Mtglobal, S.A., en su condición de socio único de Terra Viajes, S.A., adoptó con fecha 8 de octubre de 2026 el acuerdo de fusión por absorción de Terra Viajes, S.A. (sociedad absorbida) por Consultoria de Eventos MTGLOBAL, S.A. (sociedad absorbente), con extinción de la sociedad absorbida, sin apertura de período de liquidación, y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal la totalidad de sus derechos y obligaciones.

Consultoria de Eventos Mtglobal, S.A., con NIF A84410034 y domicilio social en Madrid, calle Ríos Rosas 26, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 21.616, Hoja M-384663.

Terra Viajes, S.A., con NIF A82257726 y domicilio social en Madrid, calle Ríos Rosas 26, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 13.970, Hoja M-228976.

La fusión se realiza por absorción de sociedad íntegramente participada, al amparo de los artículos 53 y 55 del citado Real Decreto-ley, por lo que no procede establecer tipo o relación de canje alguna, ni aumentar el capital social de la sociedad absorbente, ni existen socios de la sociedad absorbida distintos de la absorbente cuyos derechos deban ser satisfechos.

Por haber contraído la sociedad absorbente deuda dentro de los tres años inmediatamente anteriores para adquirir el control de la sociedad absorbida, la operación se encuentra sujeta al régimen del artículo 42 del Real Decreto-ley 5/2023. El Proyecto Común de Fusión contiene las menciones reforzadas relativas a los recursos y plazos previstos para la satisfacción de dichas deudas por la sociedad resultante, y el órgano de administración ha emitido el informe previsto en el citado precepto, con plan económico y financiero. Las sociedades participantes solicitaron, con carácter voluntario, la designación de experto independiente por el Registro Mercantil de Madrid, habiendo sido emitido su informe sobre el proyecto con fecha 8 de octubre de 2026, con anterioridad a la adopción del acuerdo de fusión. Dicho informe se incorporará a la escritura pública de fusión.

Se ha tomado como balance de fusión el cerrado a 31 de diciembre de 2025 en ambas sociedades. El correspondiente a la sociedad absorbente ha sido verificado por su auditor de cuentas.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, que podrán solicitar en el domicilio social, sito en Madrid, calle Ríos Rosas 26, o mediante comunicación dirigida a la sociedad absorbente, la cual será remitida o entregada de forma gratuita.

Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades participantes, cuyos créditos hubieran nacido con anterioridad a la fecha de publicación del presente anuncio y no se encontrasen ya suficientemente garantizados, a dirigirse a la sociedad en el plazo de un mes desde dicha publicación solicitando la prestación de garantías adecuadas, en los términos previstos en el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023.

Madrid, 8 de octubre de 2026.- El Administrador único de Consultoria de Eventos Mtglobal, S.A. y de Terra Viajes, S.A, D. José Miguel Gimeno Olivares.

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