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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante "RD 5/2023"), se hace público que con fecha 7 de octubre de 2026, el Socio Único de Led Dream, S.L.U., (en adelante, la "Sociedad Escindida"), en ejercicio de las competencias propias de la Junta General, y la Junta General Universal y Extraordinaria de Socios de Auralis Vision Group, S.L. (en adelante, la "Sociedad Beneficiaria") acordaron, por unanimidad, la escisión parcial financiera, sin extinción de la Sociedad Escindida, mediante la transmisión y traspaso en bloque de una parte del patrimonio de la Sociedad Escindida a favor de la Sociedad Beneficiaria, ya existente, adquiriendo por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, consistente en la cartera financiera constituida por la totalidad de las participaciones sociales que ostenta la Sociedad Escindida en las mercantiles Channel 4 You Marketing Dinámico, S.L. y Lumalia Studio, S.L., constitutivas del 100% del capital social de ambas sociedades.
La escisión se realiza conforme al proyecto común de escisión parcial financiera firmado por los órganos de administración de la Sociedad Escindida y la Sociedad Beneficiaria, de fecha 6 de octubre de 2026. Se hace constar que, de conformidad con el artículo 53 del RD 5/2023 no es necesario preparar informe de los administradores, ni informe de expertos independientes sobre el proyecto común de escisión. Adicionalmente, de conformidad con el artículo 9 del RD 5/2023, no resulta necesaria la publicación o depósito previo del proyecto de escisión ni de los documentos exigidos por el RD 5/2023. Asimismo, como consecuencia de la escisión parcial financiera la Sociedad Escindida reducirá el capital social en la cuantía necesaria.
De conformidad con el artículo 10 del RD 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes en la escisión, de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y demás información exigida por el RD 5/2023. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de oponerse a la escisión parcial en el plazo y los términos previstos en el RD 5/2023.
En Terrassa, 7 de octubre de 2026.- Por, Led Dream, S.L.U., Administradores Solidarios: Sr. Carlos Delgado Viñuales, Sr. Josep Querol Segura. Por, Auralis Vision Group, S.L., Consejero: Confidence Edge, S.L.U., persona física representante: Sr. Carlos Delgado Viñuales; Consejero y Presidente: Sr. Josep Querol Segura; Consejero: Sr. Carlos Gordillo Vázquez; Consejero: Sr. Francisco Modesto Delgado Ruiz; Consejero y Secretario: Prime District, S.L., persona física representante: Sr. Gerard Querol Berlanga.
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