Está Vd. en

Documento BORME-C-2026-5347

JORGE PORK MEAT, S.L.U.

(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)

JORGE, S.L.

(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 194, páginas 6636 a 6637 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-5347

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023 (el RDL 5/2023), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de JORGE, S.L., y el Socio Único de JORGE PORK MEAT, S.L.U., en fecha 16 de septiembre de 2026, acordaron aprobar la Escisión Parcial (la Escisión) entre JORGE PORK MEAT, S.L.U. (JORGE PORK MEAT o la Sociedad Escindida) y JORGE, S.L. (JORGE o la Sociedad Beneficiaria), en virtud de la cual la Sociedad Escindida transmite, en bloque y por sucesión universal, la parte del patrimonio que forma la unidad económica consistente en las participaciones sociales de SAMEFOR, S.L.U., en favor de la Sociedad Beneficiaria, sin que resulte necesaria la ampliación del capital social de ésta, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el RDL 5/2023.

La Escisión ha sido aprobada conforme al proyecto común de escisión redactado por los Órganos de Administración de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria, el día 25 de junio de 2026 (el Proyecto de Escisión).

Al estar la Sociedad Escindida íntegramente participada, de forma directa, por la Sociedad Beneficiaria, la Escisión seguirá el régimen simplificado previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023 y, en consecuencia: (i) no se han incluido en el Proyecto de Escisión las menciones dispuestas en el artículo 53.1.1º; (ii) no es necesario informe de administradores ni de expertos independientes sobre el proyecto de escisión; y (iii) no es necesaria la aprobación de la Escisión por el socio único de la Sociedad Escindida.

Los balances de escisión, utilizados para establecer las condiciones de la Escisión, son los cerrados a 31 de diciembre de 2025, formulados por los Órganos de Administración de las sociedades participantes en la Escisión.

Se hace constar que dado que las Sociedades, Escindida y Beneficiaria, cuentan con trabajadores, se ha puesto a disposición de éstos los documentos a los que se refiere el artículo 46 del RDL 5/2023 (por remisión del artículo 63), y realizadas las correspondientes comunicaciones al respecto, por aplicación del artículo 9.2. del RDL 5/2023.

Adicionalmente, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las Sociedades, Escindida y Beneficiaria, de obtener, de forma gratuita, el texto íntegro de las decisiones adoptadas por el Socio Único de la Sociedad Escindida y de los acuerdos adoptados por la Junta General de Socios de la Sociedad Beneficiaria, de los balances de escisión y del Proyecto de Escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades participantes en la Escisión.

Para el ejercicio de los derechos referidos, las comunicaciones deberán dirigirse a la siguiente dirección:

Avenida de la Academia General Militar, n.º 52, 50015 Zaragoza, a la atención de Jorge Samper Rivas.

Zaragoza, 16 de septiembre de 2026.- Administrador Único de JORGE PORK MEAT, S.L.U. y Presidente del Consejo de Administración de JORGE, S.L, Jorge Samper Rivas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid