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Documento BORME-C-2026-5274

NATIONAL MEDICAL CARE OF SPAIN, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

AMEX, S.A.U.; DIALBILBO, S.L.U.; SANTA BARBARA SMART HEALTH, S.L.U.; FRESENIUS MEDICAL CARE EXTREMADURA, S.A.U.; FRESENIUS MEDICAL CARE SERVICES CANARIAS, S.L.U.; FRESENIUS MEDICAL CARE SERVICES LA RIOJA, S.L.U.; FRESENIUS MEDICAL CARE SERVICES CANTABRIA, S.L.U.; FRESENIUS MEDICAL CARE SERVICES CATALUNYA, S.L.U.; FRESENIUS MEDICAL CARE SERVICES ANDALUCIA, S.A.U.; FRESENIUS MEDICAL CARE SERVICES MADRID, S.A.U.; FRESENIUS MEDICAL CARE SERVICES MURCIA, S.L.U.; FRESENIUS MEDICAL CARE SERVICES LEVANTE, S.A.U.; FRESENIUS MEDICAL CARE SERVICES CASTILLA Y LEÓN, S.L.U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 190, páginas 6547 a 6548 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-5274

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta de las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("RDL 5/2023"), y disposiciones concordantes, se hace público que en fecha 23 de septiembre de 2026, el Accionista Único de National Medical Care Of Spain, S.A.U., (la "Sociedad Absorbente"), en ejercicio de las competencias de la Junta General Extraordinaria y Universal, acordó la fusión por absorción de National Medical Care Of Spain, S.A.U. sobre Amex, S.A.U., Dialbilbo, S.L.U., Santa Barbara Smart Health, S.L.U., Fresenius Medical Care Extremadura, S.A.U., Fresenius Medical Care Services Canarias, S.L.U., Fresenius Medical Care Services La Rioja, S.L.U., Fresenius Medical Care Services Cantabria, S.L.U., Fresenius Medical Care Services Catalunya, S.L.U., Fresenius Medical Care Services Andalucía, S.A.U., Fresenius Medical Care Services Madrid, S.A.U., Fresenius Medical Care Services Murcia, S.L.U., Fresenius Medical Care Services Castilla y León, S.L.U. y Fresenius Medical Care Services Levante, S.A.U., (las "Sociedades Absorbidas"), mediante transmisión a título universal del patrimonio de éstas a la Sociedad Absorbente y disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas. En lo sucesivo, estas sociedades se denominarán conjuntamente como las "Sociedades Participantes".

El referido acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto de Fusión redactado y suscrito en fecha 29 de junio de 2026 por el órgano de administración de las Sociedades Participantes, y aprobado por el Accionista Único de la Sociedad Absorbente en fecha 23 de septiembre de 2026.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que la fusión se realizará conforme al procedimiento regulado en el artículo 53 del RDL 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente resulta ser titular de la totalidad de las acciones y/o participaciones sociales en las que se distribuye el capital social de las Sociedades Absorbidas, pudiendo acogerse por ello al procedimiento simplificado de las fusiones especiales.

La fecha de los efectos contables de la fusión se ha fijado para el día 1 de enero de 2026.

La fusión ha sido aprobada por el acuerdo unánime de fusión contemplado en el artículo 9 del RDL 5/2023, no siendo por tanto preceptivo el depósito y publicación previa de los documentos exigidos por los artículos 7 y 46 del RDL 5/ 2023, los cuales se incorporarán a la escritura de fusión. En todo caso, los derechos de los trabajadores de las Sociedades Participantes de información sobre la fusión acordada no se han visto restringidos por el hecho de que la fusión haya sido aprobada por el Accionista Único en ejercicio de las competencias de Junta Universal.

De conformidad con el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar en este anuncio el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades Participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de conformidad con el artículo 13 del RDL 5/2023.

Madrid, 25 de septiembre de 2026.- El Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente: Presidente del Consejo de Administración, D. Luis Vargas Gutiérrez; Consejera, Dª. Laura García Málaga; Consejera, Dª. María Lorena Toda Lloret; Secretaria del Consejo del Consejo de Administración, Dª. Elena Dónega Izquierdo, y, Los Administradores Mancomunados de las Sociedades Absorbidas, D. Luis Vargas Gutiérrez y Dª. Laura García Málaga.

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