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Documento BORME-C-2026-5212

SALF, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)



CANARO HNOS, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 187, páginas 6473 a 6474 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-5212

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023, de transposición de Directiva de la Unión Europea en Materia de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante, "RD 5/2023"), se hace público que, en fecha 21 de septiembre de 2026, las Juntas Generales y Universales de Socios de SALF, S.L. (la "Sociedad Absorbente") y de CANARO HNOS, S.L. (la "Sociedad Absorbida") han acordado, por unanimidad y ajustándose estrictamente al proyecto común de fusión suscrito por sus respectivos órganos de administración en fecha 30 de junio de 2026 (el "Proyecto"), la fusión por absorción de CANARO HNOS, S.L. por parte de SALF, S.L., con la consiguiente disolución sin liquidación y extinción de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá por sucesión universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones que lo integran.

Como consecuencia de la fusión, la Sociedad Absorbente ha acordado aumentar su capital social en la cifra de MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS (1.766,98 €), mediante la creación de 294 nuevas participaciones sociales de 6,01012 € de valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la 501 a la 794, ambas inclusive, con una prima de asunción total de 17.117.637,43 €, que han sido asumidas íntegramente por los socios de la Sociedad Absorbida en contraprestación al patrimonio transmitido, conforme al tipo de canje de 0,591059 participaciones de la Sociedad Absorbente por cada participación de la Sociedad Absorbida.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del RD-ley 5/2023, al haberse adoptado los acuerdos de fusión en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto de ambas sociedades, no ha sido necesaria la publicación ni el depósito previo en el Registro Mercantil de los documentos exigidos por la ley, ni la publicación de anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones al Proyecto.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los respectivos balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores de las sociedades participantes cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación del presente anuncio y no se encuentren adecuadamente garantizados, a solicitar garantías adecuadas, en los términos y con los efectos previstos en los artículos 13 y siguientes del RD-ley 5/2023, dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del presente anuncio.

Igualmente, se pone lo anterior en conocimiento de los trabajadores de las sociedades participantes y de sus representantes legales, a los efectos previstos en los artículos 5.6 y 46 del RD-ley 5/2023 y en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.

Barcelona, 21 de septiembre de 2026.- Los administradores solidarios: Caudelquel, S.L., representada por D. Jose Miguel Caudeli Escrivá; Ancisdeli, S.L., representada por Dña. Celia Caudeli Gregori; y Recanus, S.L, Representada por D. Ángel Caudeli Escrivá.

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