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Documento BORME-C-2026-5208

FW POLEO PANADERAS HOLDCO, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

DOSA RENOVABLES, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 187, páginas 6467 a 6468 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-5208

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición, entre otras, de la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la LME), se hace público que el socio único de la sociedad FW Poleo Panaderas Holdco, S.L.U. (la Sociedad Absorbente) y de la sociedad Dosa Renovables, S.L.U. (la Sociedad Absorbida, y junto con la Sociedad Absorbente, las Sociedades Participantes) ha aprobado el día 10 de septiembre de 2026, la fusión mediante la absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente con la consiguiente disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y el traspaso en bloque y por sucesión universal de su patrimonio a la Sociedad Absorbente.

En la medida en que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida son sociedades directa e íntegramente participadas por el mismo socio único (i.e., Foresight Infrastructure Partners 1, S.à.r.l.), la fusión se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.1 de la LME por remisión del artículo 56.1 de la LME. En consecuencia, la fusión se ha aprobado por el socio único de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, sin necesidad de publicar ni depositar previamente la documentación relativa a la fusión prevista en el artículo 7.1 de la LME, ni informe de expertos sobre el proyecto común de fusión, ni el informe de administradores destinado a socios. Asimismo, atendiendo a que ninguna de las Sociedades Participantes tiene trabajadores, tampoco se ha formulado un informe de administradores destinado a trabajadores.

Adicionalmente, no existiendo obligacionistas, titulares de derechos especiales ni representantes de los trabajadores en las Sociedades Participantes, se deja constancia de que los documentos e información previstos en el artículo 46 de la LME han sido puestos a disposición del socio único de las Sociedades Participantes en el domicilio social de las mismas.

Se hace constar expresamente el derecho del socio único y de los acreedores de las Sociedades Participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los balances de fusión, dirigiéndose al domicilio social de las Sociedades Participantes.

Asimismo, los acreedores de cada una de las Sociedades Participantes cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de los acuerdos de fusión adoptados por el socio único de las Sociedades Participantes, disponen del plazo de un mes para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 de la LME.

En Madrid, 10 de septiembre de 2026.- Los Administradores Mancomunados de FW Poleo Panaderas Holdco, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y los miembros del Consejo de Administración de Dosa Renovables, S.L.U. (Sociedad Absorbida), Don Jesús Alberto de la Torre López, en su condición de administrador mancomunado de la Sociedad Absorbente, y Secretario y miembro del Consejo de administración de la Sociedad Absorbida, Don Alejandro Algora Ortega, en su condición de administrador mancomunado de la Sociedad Absorbente, y miembro del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbida, y Don Conor Cowden, en su condición de Presidente y miembro del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbida.

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