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De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, se hace público que en fecha 13 de septiembre de 2026, el Socio Único de la mercantil INVERSIONS LLOMPO S.L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente), y el Socio Único de la mercantil BROLL I MES S.L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida) - ejerciendo en ambas sociedades las competencias de la Junta General -han decidido y aprobado de forma unánime la fusión mediante la absorción de la Sociedad absorbida por la Sociedad absorbente, con transmisión a título universal del patrimonio íntegro de la Sociedad absorbida a la Sociedad absorbente y con disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida.
Dado que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa del 100% del capital social de la Sociedad Absorbida, y que ambas sociedades están administradas por el mismo Administrador Único, la fusión se realiza de acuerdo con el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 del Real Decreto-Ley 5/2023, no es necesario informe de Experto independiente, aumento de capital social en la Sociedad absorbente ni celebración de Junta de la Sociedad absorbida.
La fusión se acordó en base a los Balances de las sociedades intervinientes cerrados en fecha 31 de diciembre de 2025 tomados como de fusión, acogiéndose al régimen de neutralidad fiscal. Asimismo, se procedió a la aprobación del Proyecto Común de Fusión suscrito por el Administrador Único de las Sociedades intervinientes en la fusión en fecha 28 de junio de 2026, cuyo depósito no resulta preceptivo.
A los efectos de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los respectivos Balances de fusión. Se informa igualmente a los señores acreedores que podrán ejercer su derecho a solicitar garantías adecuadas en el plazo de un mes a contar desde la publicación del anuncio del acuerdo de fusión, de conformidad con el artículo 13 del Real Decreto-Ley 5/2023.
Palma de Mallorca, 16 de septiembre de 2026.- Administrador único, Don Antonio Llompart Rigo.
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