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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023 de 28 de junio de 2023, se hace público que el día 7 de septiembre de 2026, el socio único de Atlantic Green, S.L.U., decidió su escisión total a favor de dos Sociedades Beneficiarias, Atlantic Blue, S.L.U. y Royal Berries, S.L.U., con la consiguiente disolución sin liquidación de la Sociedad Escindida y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a las Sociedades Beneficiarias. Además, en esa misma fecha los socios únicos de las Sociedades Beneficiarias decidieron participar en el proceso de escisión total de Atlantic Green, S.L.U.
Conforme a lo previsto en los artículos 56, 59 y 63 del citado Real Decreto-Ley, la escisión se articula como un supuesto de escisión total impropia y gemelar por la extinción de una sociedad, cuyo patrimonio se transmite en bloque por sucesión universal a dos sociedades ya existentes.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de escisión. Los socios, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores, en su caso, tienen derecho a examinar en el domicilio social los documentos a que se refiere el artículo 46 del citado Real Decreto-Ley e igualmente, se informa sobre el derecho de los acreedores al ejercicio de las acciones previstas en el artículo 13 de la norma citada.
Almonte (Huelva), 7 de septiembre de 2026.- El administrador único de Atlantic Green S.L.U., de Atlantic Blue, S.L.U. y de Royal Berries, S.L.U. cargo ostentado por Hortifrut Europa, S.L., representada por, Don Carmelo Gabarro Carpio.
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