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Documento BORME-C-2026-499

CONTRATAS CENTRO, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

CARPINTERÍAS CENTRO, S.A.

SIERRA DE JAVALAMBRE, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 34, páginas 602 a 602 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-499

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que con fecha 3 de febrero de 2026, se celebró la Junta General Extraordinaria y Universal de las entidades Contratas Centro, S.A (Sociedad Absorbente) y se aprobó por unanimidad la fusión por absorción de las sociedades Carpinterías Centro, S.A. y Sierra De Javalambre, S.L. por parte del socio único, Contratas Centro, S.A., con la entera transmisión en bloque del patrimonio de las sociedades absorbidas, que se extinguirán sin liquidación, y la sucesión universal de sus derechos y obligaciones a la sociedad absorbente, todo ello según los términos del proyecto común de fusión impropia, suscrito el día 3 de febrero de 2026 por los órganos de administración de las sociedades que participan en la fusión.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Real Decreto-Ley 5/ 2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de las Sociedades Absorbidas, considerándose como un supuesto de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto-Ley 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la ley.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/ 2023, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la sociedad, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos. Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

Se hace constar el derecho de protección a los socios y el derecho a obtener garantías adecuadas a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del Real Decreto-Ley 5/2023.

Madrid, 10 de febrero de 2026.- Los Administradores Mancomunados, Pablo Olmos Gutiérrez y Gonzalo Olmos Gutiérrez.

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