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Documento BORME-C-2026-4670

CLUB ATLÉTICO DE MADRID, S.A.D.

Publicado en:
«BORME» núm. 152, páginas 5827 a 5828 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2026-4670

TEXTO

Se pone en conocimiento de todos los accionistas del Club Atlético de Madrid, S.A.D. (la Sociedad), que, en la Junta General Extraordinaria celebrada el día 7 de agosto de 2026, se acordó ampliar el capital social en 2.597.506,50 Euros, mediante la emisión de 305.589 nuevas acciones, de la Clase B, representadas por medio de títulos nominativos, de 8,5 Euros de valor nominal y con una prima de emisión de 322,233 Euros por acción, lo que supone un total de 101.068.366,73 Euros, a razón de 330,733 Euros por acción; con aportaciones dinerarias y derecho de suscripción preferente de los accionistas de la Sociedad.

De conformidad con lo establecido en el artículo 305 de la Ley de Sociedades de Capital, por el presente anuncio se comunica a todos los accionistas que, como se acordó en la referida Junta General, podrán ejercitar su derecho de suscripción preferente respecto de las nuevas acciones creadas, en las condiciones para el ejercicio del derecho de suscripción preferente que asimismo se detallan a continuación:

1) Tienen derecho de suscripción preferente sobre las nuevas acciones los actuales accionistas de la Sociedad, es decir aquellas personas físicas o jurídicas que constaban como titulares de acciones de la Sociedad, en el Libro Registro de Acciones Nominativas, el día de celebración de la Junta General, el 7 de agosto de 2026.

A cada acción actual de la Sociedad le corresponde un derecho de suscripción preferente. Cada 17,315 derechos de suscripción preferente dan derecho a suscribir una (1) acción nueva.

Los derechos de suscripción preferente serán libremente transmisibles, en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan, según lo previsto en el artículo 7 de los Estatutos de la Sociedad. Las acciones podrán agruparse a los efectos de ejercer los derechos de suscripción preferente.

El periodo de suscripción preferente tendrá una duración de un mes, iniciándose el día siguiente al de la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Por tanto, la suscripción de las acciones podrá llevarse a cabo durante el referido periodo.

El desembolso de las nuevas acciones y de la prima de emisión deberá realizarse íntegramente en el momento de su suscripción por quienes acudan a la ampliación, con aportaciones dinerarias, a razón de 330,733 Euros por cada nueva acción suscrita.

Los accionistas que deseen suscribir las acciones que les corresponden, o sólo una parte de ellas, deberán ingresar el importe correspondiente a las acciones efectivamente suscritas, en la siguiente cuenta corriente:

Entidad: CaixaBank

Sucursal: Avenida Luis Aragonés, s/n (Estadio Metropolitano)

Titular: Club Atlético de Madrid, S.A.D.

IBAN: ES14 2100 3796 1722 0006 1565

Concepto: Ampliación de capital

Una vez realizado el ingreso, el accionista deberá entregar copia del resguardo de ingreso de la cantidad que corresponda en la sede social del Club Atlético de Madrid, S.A.D. (Avenida Luis Aragonés, 4 - Puerta W6 - 28022 Madrid), junto con el Boletín de Suscripción, debidamente cumplimentado, que se encuentra a disposición de todos los accionistas en la misma sede social, así como en la sede electrónica de la página web corporativa de la Sociedad, cuyo enlace es: http://www.atleticodemadrid.com/atm/sede-electronica.

Tanto el Boletín de Suscripción, debidamente cumplimentado, como la copia del resguardo de ingreso, deberán quedar entregados en la sede social, dentro del periodo de suscripción preferente.

Transcurrido el plazo antes señalado, se entenderá que todos aquellos accionistas que no hubieran entregado en la sede social el Boletín de Suscripción, junto a la copia del resguardo de ingreso, renuncian al derecho de suscripción preferente de acciones.

Madrid, 7 de agosto de 2026.- El Secretario del Consejo de Administración, Pablo Jiménez de Parga.

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