De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se regulan, entre otros, la transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, la "RDLME") hace público que con fecha 2 de Enero de 2026, el Administrador Único de la mercantil SHARE LOYALTI INVESTMENTS, S.L. (Sociedad Beneficiaria), que es Socio Único de la mercantil ILOVINIT BUSINESS, S.L.U. (Sociedad Escindida), ha aprobado la escisión parcial de la Sociedad Ilovinit Business, S.L.U. al amparo de los artículos 63, 64 y 71 RDL 5/2023,mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte de su patrimonio social, a favor de la Sociedades Beneficiaria, todo ello en los términos del Proyecto Común de Escisión Parcial suscrito por los órganos de administración de las sociedades participantes en la Escisión Parcial el 2 de enero de 2026.
De conformidad con el artículo 71.1 RDL 5/2023 en relación con el artículo 56 de la misma norma, a esta Escisión Parcial le será de aplicación el régimen de simplificación de requisitos, al ser la Sociedad Beneficiaria la propietaria del cien por cien del capital social de la Sociedad Escindida.
En virtud de lo establecido en el artículo 9 RDL 5/2023 no ha sido necesario la previa publicación ni depósito del proyecto de Escisión Parcial, ya que el acuerdo de escisión ha sido adoptado por el Socio único de la Sociedad Beneficiaria.
En cumplimiento de lo previsto en los artículos 12 y 13 RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de Escisión Parcial adoptado, así como el derecho que les corresponde conforme al RDL 5/2023, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de Escisión Parcial
Elche, 2 de enero de 2026.- Administrador Único, Guillermo Esteban Rodes Juan.
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