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De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (el "RDL 5/2023"), se hace público que, en fecha 31 de julio de 2026, el socio único de Servihabitat Servicios Inmobiliarios, S.L., Sociedad Unipersonal ("Servihabitat" o la "Sociedad Absorbente"), en ejercicio de las competencias atribuidas al socio único, ha aprobado la fusión por absorción de Serviland Gestión Urbanística, S.L., Sociedad Unipersonal ("Serviland" o la "Sociedad Absorbida") a favor de Servihabitat, siendo de aplicación el régimen simplificado previsto en el RDL 5/2023, con las especialidades previstas en sus artículos 9 y 53.
Por medio de la referida operación de fusión por absorción, la Sociedad Absorbida se extinguirá mediante su disolución sin liquidación, produciéndose la transmisión en bloque y por sucesión universal de su patrimonio a favor de la Sociedad Absorbente.
La fusión se realiza en los términos y condiciones previstos en el Proyecto Común de Fusión suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades los días 1 de junio de 2026, en el caso de Serviland, y 2 de junio de 2026, en el caso de Servihabitat, utilizando como balances de fusión los balances de Servihabitat y Serviland cerrados y auditados a 31 de diciembre de 2025.
Se deja constancia que, al ser ambas sociedades participantes en la fusión unipersonales y al tratarse de una fusión de sociedad íntegramente participada, en aplicación de lo establecido en los artículos 9 y 53 del RDL 5/2023, no resulta de aplicación (i) la publicación o depósito de los documentos exigidos por el RDL 5/2023; (ii) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 3.ª, 5.ª y 7.ª del artículo 40 del RDL 5/2023; (iii) la elaboración y/o aprobación de los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión; y (iv) el aumento del capital social de la Sociedad Absorbente.
Lo aquí expuesto se ha puesto de igual modo en conocimiento de los trabajadores y de sus representantes, conforme a lo dispuesto en el RDL 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del RDL 5/2023, se publica el presente anuncio de fusión, haciendo constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión aprobados.
En Madrid, 31 de julio de 2026.- El Secretario no consejero de Servihabitat Servicios Inmobiliarios, S.L., Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbente), Daniel Ripley Soria, y el Secretario no consejero de Serviland Gestión Urbanística, S.L., Sociedad Unipersonal, Gonzalo de Arteaga Álvarez.
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