En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición, entre otras, de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el "RDL 5/2023"), se hace público que el Socio único de la sociedad Altadill Perafort, S.L.U. (en adelante, "Sociedad Absorbida"), y el Socio único de la sociedad Hierros Altadill, S.L.U. (en adelante, "Sociedad Absorbente"), han aprobado por unanimidad en fecha 27 de julio de 2026, la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los Órganos de Administración de ambas Sociedades, de fecha 25 de junio de 2026.
La fusión se ha acogido al régimen simplificado previsto en los artículos 56 y 53 del RDL 5/2023, por tratarse de una fusión por absorción entre sociedades íntegramente participadas de forma directa por un mismo socio único, Pantano 803, S.L. Asimismo, dado que la fusión ha sido aprobada por unanimidad por el socio único de la Sociedad Absorbida y de la Sociedad Absorbente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del RDL 5/2023, no ha sido necesario proceder a la publicación o depósito previo del proyecto común de fusión.
A los efectos de lo establecido en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste al socio único y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los respectivos balances de fusión de cada una de las sociedades. Asimismo, se hace constar de forma expresa el derecho de protección que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión en los términos del artículo 13 del RDL 5/2023.
En Tarragona, 27 de julio de 2026.- Administrador Único de Altadill Perafort, S.L.U. y Hierros Altadill, S.L.U., la sociedad Pantano 803, S.L., debidamente representada por Doña Natalia Altadill Pallés.
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