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Documento BORME-C-2026-4186

HIJOS DE PABLO ESPARZA BODEGAS NAVARRAS, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

JESUS ETXABARRI LICORES USUA, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 5257 a 5257 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-4186

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("RD 5/2023"), se hace público que, con fecha 26 de junio de 2026, la Junta General de Accionistas de Hijos de Pablo Esparza Bodegas Navarras, S.A ("Sociedad Absorbente") y el socio único de Jesús Etxabarri Licores Usua, S.L.U. ("Sociedad Absorbida") han aprobado la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 4 de mayo de 2026 redactado por el órgano de administración de todas las sociedades intervinientes, produciéndose la transmisión, a título universal, del patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida a favor de la Sociedad Absorbente, con disolución sin liquidación de aquélla y conllevando su extinción. Dado que la Sociedad Absorbida está íntegramente participadas por la Sociedad Absorbente, la fusión se acoge al procedimiento especial regulado en el artículo 53 del RD 5/2023.

Asimismo, se hace constar que, a los efectos legales oportunos, antes de las aprobaciones por la Junta General de Accionistas y de la decisión de socio único, indicadas, se ha puesto a disposición de las personas trabajadoras de la Sociedad Absorbente la documentación prevista en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, y los artículos 5 y 7 del RD 5/2023, así como del artículo 46 del mismo texto legal, incluyendo el informe del órgano de administración y el proyecto de fusión. Se hace constar en este sentido que no existen personas trabajadoras en la Sociedad Absorbida.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 RD 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán ejercer sus derechos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

En Villava (Navarra), 30 de junio de 2026.- El Administrador Único de Jesús Etxabarri Licores Usua, S.L.U., D. Pablo Juan Esparza Cuesta y la Presidenta del Consejo de Administración de Hijos De Pablo Esparza Bodegas Navarras, S.A., Dña. María Victoria Cuesta Robledo.

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