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Por acuerdo del Consejo de Administración de PEDRO ALBA E HIJOS, S.L., adoptado de conformidad con la Ley de Sociedades de Capital y con los Estatutos Sociales, se convoca a los socios de la sociedad a la Junta General Ordinaria y Extraordinaria, que se celebrará el día 29 de julio de 2026, a las 9:00 horas, en la Notaría de don Emilio González Bou, sita en la plaza Soler y Carbonell, n.º 38, 08800 Vilanova i la Geltrú. La presente convocatoria se publica en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en el diario La Vanguardia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 13 de los Estatutos Sociales. Atendida la trascendencia de los asuntos comprendidos en el orden del día y con el fin de garantizar la máxima seguridad jurídica de los acuerdos que puedan adoptarse, el Consejo de Administración ha requerido la presencia de notario para que levante acta notarial de la Junta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital y en los artículos concordantes del Reglamento del Registro Mercantil. La Junta General deliberará y resolverá sobre los siguientes asuntos:
Orden del día
Primero.- Examen y aprobación, si procede, de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2025.
Segundo.- Examen y aprobación, si procede, de la gestión social desarrollada por el Consejo de Administración durante el ejercicio 2025.
Tercero.- Examen y aprobación, si procede, de la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio 2025.
Cuarto.- Examen y adopción de los acuerdos que resulten procedentes en relación con el órgano de administración de la sociedad, incluyendo, en su caso: a) la cobertura de la vacante producida en el Consejo de Administración como consecuencia del fallecimiento de uno de sus miembros, mediante el nombramiento del correspondiente consejero; b) la determinación del número de miembros del Consejo de Administración dentro de los límites establecidos en los Estatutos Sociales; c) la adopción, en su caso, de otro de los sistemas de administración previstos en el artículo 16 de los Estatutos Sociales, con la consiguiente elevación a público e inscripción registral de los acuerdos que procedan; y d) el nombramiento, cese, reelección o ratificación de los miembros del órgano de administración que resulten necesarios para la adecuada organización y funcionamiento de la sociedad.
Quinto.- Delegación de facultades a favor del presidente del Consejo de Administración y de cualquiera de los consejeros, indistintamente, para ejecutar, desarrollar, interpretar, completar, elevar a público, subsanar e inscribir los acuerdos adoptados, así como para realizar cuantos actos sean necesarios hasta su plena eficacia jurídica.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 196 y 272.2 de la Ley de Sociedades de Capital y demás disposiciones concordantes, cualquier socio podrá, desde la publicación de la presente convocatoria, examinar en el domicilio social la documentación que ha de ser sometida a la aprobación de la Junta General, obtener de forma inmediata y gratuita copia de los documentos correspondientes, así como solicitar por escrito las informaciones o aclaraciones que estime precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, en los términos previstos en la legislación vigente.
Vilanova i la Geltrú, 10 de julio de 2026.- El secretario del Consejo de Administración, M. Carme Alba Solé.
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