En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que el Socio Único de Repa Iberia, S.L.U. (Sociedad Absorbente), el Socio Único de Eunasa Canarias, S.L.U. (Sociedad Absorbida), en ejercicio de las competencias de la Junta de Socios, con fecha 9 de julio de 2026, han aprobado la fusión por absorción de Eunasa Canarias, S.L.U. (Sociedad Absorbida) por parte de Repa Iberia, S.L.U. (Sociedad Absorbente), que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio de la sociedad absorbida.
La fusión ha sido adoptada conforme al Proyecto común de Fusión redactado por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión con fecha 15 de abril de 2026, y depositado en los Registros Mercantiles de Barcelona y Las Palmas, tramitándose de manera simplificada en cuanto al cumplimiento de ciertos requisitos formales, tal y como dispone el citado artículo 9 del RDL 5/2023.
Por otro lado, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cualquiera de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los respectivos balances de fusión. En relación con lo anterior, se ha puesto a disposición de los trabajadores de ambas sociedades la referida información y operará una sucesión de empresa en los términos definidos por el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Cornellà de Llobregat (Barcelona), 10 de julio de 2026.- El Administrador Único de Repa Iberia, S.L.U., Alexander Karl Franz Wiegand, y el Administrador Único de Eunasa Canarias, S.L.U., Jordi Romagosa Queraltó.
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