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En cumplimiento de lo establecido a los artículos 346.1.b) y 348 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de la Sociedad Stonehenge Hotels SCR, S.A., provista con NIF número A02768406, en sesión celebrada el 29 de junio de 2026, ha acordado modificar el artículo 4 de los estatutos sociales relativo a la duración de la sociedad. En adelante el texto de dicho artículo será del siguiente tenor literal:
"ARTÍCULO 4º.- Duración de la sociedad.
La Sociedad se constituye con una duración inicial de siete (7) años a contar desde la fecha de su constitución, dando comienzo a sus actividades en el día en que quede debidamente inscrita en el correspondiente Registro de sociedades de capital-riego de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en lo sucesivo, la "CNMV"), sin perjuicio de que pueda prorrogarse durante un (1) periodo anual más de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital y demás disposiciones de pertinente aplicación. No obstante, la Sociedad podrá disolverse en cualquier momento con anterioridad al transcurso del referido plazo de siete (7) años de duración, de acuerdo con lo previsto en los presente Estatutos y las disposiciones que resulten de aplicación."
Los accionistas de la sociedad que no hubieran votado a favor del acuerdo mencionado tendrán un derecho de separación que podrán ejercer por escrito en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, mediante notificación escrita dirigida al domicilio social.
Madrid, 7 de julio de 2026.- El Administrador Único, APC Servicios Administrativos, S.L.U. representada por, D. Eduardo Martín Quero.
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