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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Fractus, S.A. (la Sociedad) ha acordado, con fecha 29 de junio de 2026, la reducción del capital social en la suma de veinticuatro mil seiscientos ochenta y cinco (24.685) euros, quedando fijado en trescientos noventa y tres mil ochocientos sesenta y tres (393.863) euros, mediante la amortización de las 24.685 acciones propias titularidad de la Sociedad en régimen de autocartera, por lo que no conlleva devolución de aportaciones a los accionistas, y con la consiguiente modificación del artículo 6º de los estatutos sociales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital, no existe derecho de oposición de acreedores en relación con la reducción de capital acordada, por haberse efectuado con cargo a reservas libres y haberse destinado el importe del valor nominal de las acciones amortizadas a la constitución de una reserva de la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social.
En Sant Cugat del Vallès (Barcelona), 29 de junio de 2026.- Secretaria no consejera del consejo de administración de Fractus, S.A, Susana Rodríguez Sánchez.
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