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Documento BORME-C-2026-4084

MENORCA HOME SERVICES 2018, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA)

ACTA PROPERTY SERVICES, S.L.U.

(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

HABITAT INTEGRAL MENORCA, S.L.

(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 131, páginas 5127 a 5127 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-4084

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se transponen, entre otras, las Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, el "RDLME"), se hace público que con fecha 9 de julio de 2026 la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de MENORCA HOME SERVICES 2018, S.L. ("Sociedad Escindida") acordó, por unanimidad, aprobar la escisión total no proporcional de la Sociedad Escindida.

En virtud de dicha escisión, la Sociedad Escindida se disuelve sin liquidación y se extingue, dividiéndose la totalidad de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmite en bloque y por sucesión a título universal a una sociedad beneficiaria de nueva creación, que se constituye simultáneamente como consecuencia de la propia escisión, del siguiente modo: (i) la rama de actividad de arrendamiento de bienes inmuebles, con sus correspondientes activos, pasivos y tesorería, se transmite a ACTA PROPERTY SERVICES, S.L.U.; y (ii) la rama de actividad de construcción, con sus correspondientes activos, pasivos y tesorería, se transmite a HABITAT INTEGRAL MENORCA, S.L. En virtud del artículo 66 RDLME, la atribución no proporcional cuenta con el consentimiento individual de todos los socios afectados, prestado en el propio acuerdo unánime de escisión, y todo ello en los términos y condiciones del Proyecto de Escisión suscrito por el órgano de administración de la Sociedad Escindida.

En virtud del artículo 9 RDLME, al haberse adoptado el acuerdo de escisión en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de la Sociedad Escindida, no ha sido necesario publicar ni depositar previamente los documentos exigidos por la ley.

Se hace constar, de conformidad con el artículo 10 RDLME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado, así como el derecho que asiste a los acreedores a oponerse a la escisión en los términos previstos en los artículos 13 y 70 RDLME, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio. No existen en la compañía escindida participaciones con derechos especiales, ni titulares de derechos especiales distintos de los socios, ni obligaciones.

Alaior (Menorca), 9 de julio de 2026.- Administrador Solidario de Menorca Home Services 2018, S.L, D. Enrique Juan Moll Mascaró.

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