Contingut no disponible en català
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, entre otras materias (la "LME"), se hace público que el día 15 de junio de 2026, la Junta General de Equivalenza International Group, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), con carácter de Extraordinaria y Universal, aprobó por unanimidad los correspondientes balances de fusión, todos ellos cerrados a 28 de febrero de 2026, así como la fusión por absorción -en los términos del Proyecto Común de Fusión- de las filiales de las que es socia única y titular directa del cien por cien (100 %) de las participaciones representativas de su capital social (las "Sociedades Absorbidas" y, conjuntamente con la Sociedad Absorbente, las "Sociedades Participantes"): Equivalenza America Corporation, S.L.U. y Equivalenza European Unio, S.L.U.
Como consecuencia de la fusión y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 33 y 34.2 de la LME, se disuelven sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y se transmite en bloque de su patrimonio a favor de la Sociedad Absorbente, quien adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas.
Se deja constancia de que a la presente fusión por absorción se realiza mediante el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53.1 de la LME.
Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia, a los efectos oportunos, de que las Sociedades Participantes en la Fusión carecen de trabajadores. No obstante, la Sociedad Absorbida, Equivalenza America Corporation, S.L.U., es titular de la filial denominada "Equivalenza Italia, S.R.L. (Società a Responsabilità Limitata)", debidamente constituida y existente conforme a las leyes de Italia, la cual sí cuenta con trabajadores. En consecuencia, y sin perjuicio de que dicha filial no tenga la condición de Sociedad Participante en la Fusión, se ha dado cumplimiento a los derechos de información de los trabajadores de la misma en relación con la Fusión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.8 y 9.2 de la LME, y se ha elaborado el correspondiente informe del órgano de administración dirigido a los trabajadores, el cual fue puesto a disposición de estos (al no existir representantes de los trabajadores) junto con el Proyecto Común de Fusión, al menos un (1) mes antes de la celebración de la Junta General que aprobó la Fusión, de conformidad con el artículo 5.6 de la citada ley, mediante remisión por vía electrónica.
De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la LME, no era necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la LME si bien, en aras de una mayor transparencia, se procedió a tal publicación y depósito.
Finalmente, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance presentado, en los términos legalmente previstos.
L’Hospitalet de Llobregat (Barcelona), 16 de junio de 2026.- Presidente de los Consejos de Administración de Equivalenza International Group, S.L., Equivalenza America Corporation, S.L.U. y Equivalenza European Unio, S.L.U. Frédéric Donche.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid