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De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se aprueban determinadas medidas en materia de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, RDL 5/2023), se hace público que la Junta General de socios de Espai Patrimonial del Valles, S.L. (en adelante, la Sociedad Absorbente), reunida con fecha 11 de junio de 2026, ha adoptado el acuerdo de aprobar la fusión por absorción de Cat Quorum XXI, S.L. (en adelante, la Sociedad Absorbida), por parte de Espai Patrimonial del Valles, S.L., mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones de la absorbida, en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los Administradores de ambas sociedades con fecha 15 de mayo de 2026. El acuerdo de fusión fue aprobado sobre la base de los balances de ambas sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2025, también aprobados por las respectivas Juntas.
Se hace constar que se trata de la modalidad de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada prevista en el artículo 53 del RDL 5/2023, y tiene el carácter de impropia por cuanto la Sociedad Absorbida está íntegramente participada por la Sociedad Absorbente, que es titular directa del 100% del capital social de aquella. En consecuencia, de acuerdo con el RDL 5/2023, no procede la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones relativas al tipo de canje, a las modalidades de entrega de participaciones, a la fecha de participación en las ganancias sociales, a la información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio transmitido ni a las fechas de las cuentas utilizadas para establecer las condiciones de la fusión; no procede ampliar el capital de la Sociedad Absorbente; ni elaborar los informes de los Administradores y de experto independiente sobre el Proyecto de Fusión; ni la aprobación de la fusión por la Junta general de la Sociedad Absorbida.
En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y al traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2026. No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la Sociedad Absorbente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 46 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado, del proyecto común de fusión y del balance de fusión, así como de las cuentas anuales e informes de gestión de los tres últimos ejercicios. Asimismo, de conformidad con el artículo 13 del RDL 5/2023, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán ejercitar las acciones previstas, en los términos legalmente previstos, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
En Granollers, 11 de junio de 2026.- El Administrador único de Espai Patrimonial del Valles, S.L. (Sociedad Absorbente) y de Cat Quorum XXI, S.L. (Sociedad Absorbida), Don David Mollfulleda i Moltó.
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