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El Órgano de Administración de Proyectos Ragon Industrial, S.L. (en adelante, la "Sociedad"), conforme lo dispuesto en los Estatutos Sociales y en los arts. 166 y 167 LSC, acuerda convocar Junta General Ordinaria y Extraordinaria a celebrar el día 30 de junio de 2026, a las 9:00 horas, en la Notaría Gonzalo Veciana García-Boente, sita en Av. Diagonal, 520, 08006 Barcelona, en primera convocatoria, y, si procediera, en segunda convocatoria, el mismo día, a las 10:00 horas, en el mismo lugar, bajo el siguiente:
Orden del día
JUNTA ORDINARIA
Primero.- Regularización y aprobación de cuentas anuales. Examen y, en su caso, aprobación de las cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) correspondientes a los ejercicios pendientes de aprobación, así como la propuesta de aplicación del resultado y la censura de la gestión social.
Orden del día
JUNTA EXTRAORDINARIA
Primero.- Revisión integral de contabilidad y auditoría societaria. Análisis de la situación contable global de la entidad. Propuesta de acuerdo para la realización de una revisión integral de los registros contables y, en su caso, autorización para la contratación de servicios profesionales externos de auditoría o verificación contable.
Segundo.- Información y seguimiento de procedimientos judiciales y societarios. Informe del órgano de administración sobre el estado actual de los litigios, reclamaciones y procedimientos administrativos o judiciales en los que la Sociedad sea parte, así como adopción de medidas para la defensa del interés social.
Tercero.- Regularización contractual y uso de inmuebles titularidad de la sociedad. Revisión de la situación jurídica, registral y contractual de los activos inmobiliarios de la Sociedad. Análisis de los títulos de uso, ocupación o cesión existentes y propuesta de regularización de los mismos.
Cuarto.- Control de tesorería, operativa bancaria y gastos vinculados a la actividad social. Revisión de los movimientos de fondos, cuentas bancarias, poderes de firma y política de gastos. Adopción de acuerdos sobre la supervisión y limitación de gastos no vinculados estrictamente al objeto social.
Quinto.- Revisión de funciones, responsabilidades y continuidad del órgano de administración. Análisis del desempeño de las facultades de administración, revisión de su sistema de retribución conforme a los estatutos y, en su caso, deliberación sobre la continuidad, cese o nombramiento de administradores.
Sexto.- Análisis y modificación del objeto y actividad de la sociedad. Deliberación sobre la adecuación del objeto social actual a la actividad efectivamente desarrollada y, en su caso, propuesta de modificación estatutaria del artículo correspondiente de los Estatutos Sociales.
Séptimo.- Estudio de viabilidad, continuidad o eventual disolución de la sociedad. Análisis de la situación patrimonial a efectos de lo previsto en el art. 363 LSC. Valoración de escenarios de reorganización o, en su caso, adopción del acuerdo de disolución y apertura del periodo de liquidación.
Octavo.- Ruegos y preguntas. Turno de intervenciones para que los socios puedan plantear cuestiones adicionales o solicitar aclaraciones sobre la marcha de los asuntos sociales.
Noveno.- Delegación de facultades. Autorización al órgano de administración para la ejecución, subsanación y elevación a público de los acuerdos adoptados, incluyendo la facultad de realizar cuantas gestiones sean necesarias ante el Registro Mercantil.
Décimo.- Redacción, lectura y aprobación del acta.
De conformidad con los arts. 196 y 272 LSC, se hace constar el derecho que asiste a todos los socios de la Sociedad de examinar la documentación en Proasistem (C/ d'Europa, 10, Entlo 1º, 08028 Barcelona) y de obtener, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta. Asimismo, en relación con la propuesta de modificación del objeto social (punto sexto), se informa del derecho de los socios de examinar, en JFG Advocats (C/ Pau Claris 77, 2º 4ª, 08010 Barcelona), el texto íntegro de la modificación propuesta y el informe justificativo de la misma, así como pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos (art. 287 LSC). El órgano de administración, en uso de la facultad conferida por el art. 203 LSC, ha requerido la presencia de un Notario para que levante acta de la Junta General.
Barcelona, 11 de junio de 2026.- El Administrador Solidario, D. Ignacio Ramos González.
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