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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que, en fecha 22 de mayo de 2026, el Accionista Único de Axión Infraestructuras de Telecomunicaciones, S.A.U. en ejercicio de las competencias de la Junta General de Accionistas de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, adoptó la decisión de reducir el capital social en la cuantía de treinta y ocho millones cuarenta y dos mil novecientos veintisiete euros con treinta y ocho céntimos (38.042.927,38 €), habida cuenta de las pérdidas acumuladas de la Sociedad y del estado de su patrimonio neto y con la finalidad de reequilibrar el capital social y el patrimonio neto de la Sociedad, en los siguientes términos:
Reducir el capital social de la Sociedad mediante amortización de acciones de forma que:
(i) Se amorticen seis millones trescientas veintinueve mil novecientas treinta y ocho (6.329.938) acciones, identificadas como las numeradas de la 124.108 a la 6.454.045, ambas inclusive, todas ellas de 6,01 euros de valor nominal.
(ii) Se mantenga el valor nominal de las acciones no amortizadas en seis euros con un céntimo (6,01 €) por acción.
(iii) Resulte tras la reducción un capital social de setecientos cuarenta y cinco mil ochocientos ochenta y tres euros con siete céntimos (745.883,07 €), dividido en ciento veinticuatro mil ciento siete (124.107) acciones nominativas, con un valor nominal de 6,01 € cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 124.107, ambas inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas, de una misma clase y serie.
Esta reducción no implica devolución de aportaciones por realizarse para compensar pérdidas y restablecer el equilibrio entre capital social y patrimonio neto.
La reducción del capital social se ejecutará y protocolizará con carácter inmediato tras las publicaciones del acuerdo de reducción, toda vez que no opera el derecho de oposición de los acreedores, ex artículo 335 de la LSC, al tratarse de una reducción de capital cuya finalidad es restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas.
Se procederá a la cancelación material de los títulos amortizados, así como a la oportuna anotación en el Libro Registro de Acciones nominativas.
Se toma como base para la reducción el balance cerrado a 31 de diciembre de 2025, aprobado por el Accionista Único el 7 de mayo de 2026, y verificado por el auditor de cuentas de la Sociedad, de conformidad con el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital.
De conformidad con lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de capital se deja constancia de que este anuncio se publicará también en un periódico de gran circulación en la provincia en que la Sociedad tiene su domicilio.
Sevilla, 5 de junio de 2026.- Administradora Única de la Sociedad, Araceli García Cuartango.
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