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Documento BORME-C-2026-3214

RENTAS NOBLEJAS 3, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 105, páginas 4091 a 4091 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-3214

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 13 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de Sociedades Mercantiles (el "RDL 5/2023"), se hace público que la Junta General Universal y Extraordinaria de socios de la mercantil RENTAS NOBLEJAS 3, Sociedad Limitada (la "Sociedad"), celebrada con fecha 28 de mayo de 2026, ha aprobado por unanimidad la transformación de la Sociedad de una sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad anónima, conservando su personalidad jurídica y pasando a denominarse RENTAS NOBLEJAS 3 SOCIMI, S.A. (la "Transformación").

La Transformación ha sido aprobada por unanimidad de los socios de la Sociedad, ajustándose estrictamente al Proyecto de transformación redactado y suscrito por el órgano de administración de la Sociedad el 28 de mayo de 2026 (el "Proyecto de Transformación").

Asimismo, se hace constar que la Junta general de socios, entre otros, ha aprobado: (i) el balance individual de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2025, incluido en las cuentas anuales de la Sociedad, como balance de transformación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 20 y 23 del RDL 5/ 2023 (el "Balance de Transformación"); (ii) la conversión de las 6.375.028 participaciones sociales de la Serie A, de un euro de valor nominal cada una, en igual número de acciones nominativas de un euro de valor nominal, con los mismos derechos y obligaciones y conservando los socios sus porcentajes de participación sin alteración; (iii) que no se han producido variaciones patrimoniales significativas con posterioridad a la fecha de cierre del Balance de Transformación; y (iv) el nuevo texto de los Estatutos Sociales adaptados al tipo social de Sociedad Anónima y al régimen SOCIMI.

En la medida en que en virtud de la Transformación la Sociedad pasará a adoptar la forma de sociedad anónima, se hace constar que se ha recabado el preceptivo informe de experto independiente conforme a lo previsto en el artículo 22 del RDL 5/2023.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1 del RDL 5/2023, dado que la Transformación fue aprobada en junta universal y por unanimidad, y no habiendo personas que de conformidad con la ley o los estatutos sociales de la Sociedad pudiesen ejercitar legítimamente el derecho de voto, no resultó necesaria la previa publicación o depósito del Proyecto de Transformación ni los restantes documentos exigidos por la ley, ni informe de administradores. Igualmente, y por los mismos motivos, se hace constar que tampoco fue necesario publicar el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones al Proyecto de Transformación previsto en el artículo 7.1.2º del RDL 5/2023.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de la Sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo de Transformación y el Balance de Transformación aprobado.

Málaga, 28 de mayo de 2026.- Secretario del Consejo de Administración, Dª. María Ternero Aguilar.

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