De conformidad con el artículo 7 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, en relación con los artículos 4, 40 y 53 del mismo texto legal, se hace público que el órgano de administración de las sociedades arriba indicadas ha redactado y suscrito, con fecha 6 de mayo de 2026, un proyecto común de fusión por absorción intragrupo, en virtud del cual Especialidades Dentales Kalma, S.A., con domicilio en Avda. de las Nieves 4, Polígono Industrial Las Nieves, Móstoles (Madrid), y NIF A28491777, absorberá a las sociedades arriba indicadas, todas ellas íntegramente participadas, de forma directa, por la sociedad absorbente.
La operación se acoge al régimen simplificado del artículo 53 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por tratarse de absorción de sociedades íntegramente participadas, con las dispensas legalmente previstas en cuanto a tipo de canje, informes de administradores y expertos independientes, aprobación por las juntas generales de las sociedades absorbidas y aumento de capital de la sociedad absorbente.
El proyecto común de fusión ha sido depositado en el Registro Mercantil de Madrid (en cuanto a la sociedad absorbente y las absorbidas con domicilio en Madrid), en el Registro Mercantil de Barcelona (en cuanto a American M Y D, S.L. y Ocean Trading Europe, S.L.) y en el Registro Mercantil de Valencia (en cuanto a Maclide Investments, S.L.).
Se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes legales de los trabajadores —o, en su defecto, a los propios trabajadores— de las sociedades participantes a examinar, en el domicilio social de la sociedad absorbente, el proyecto común de fusión, las cuentas anuales y los informes de gestión y de auditoría de los tres últimos ejercicios de las sociedades participantes y los balances de fusión, así como a obtener la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de dichos documentos.
Asimismo, se informa del derecho que asiste a los acreedores cuyo crédito hubiera nacido antes de la publicación del presente anuncio y no estuviera todavía vencido a oponerse a la fusión, en los términos y con los efectos previstos en el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, durante el plazo de un mes a contar desde lafecha de publicación de este anuncio.
De conformidad con los artículos 4.1.2º, 7 y 9 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, los socios y los acreedores de las sociedades participantes podrán presentar al órgano de administración de la sociedad absorbente, hasta cinco días laborables antes de la fecha prevista para la formalización de la fusión, cuantas observaciones consideren oportunas en relación con el proyecto común de fusión.
De igual modo, los representantes legales de los trabajadores —o, en su defecto, los propios trabajadores— de las sociedades participantes podrán formular cuantas observaciones consideren oportunas en relación con el proyecto, conforme a los artículos 5 y 7 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, y a la disposición adicional primera del mismo, hasta cinco días laborables antes de la fecha prevista para la formalización de la fusión.
Móstoles (Madrid), 25 de mayo de 2026.- El administrador único de las sociedades participantes en la fusión, Don Javier Schmidt Reparaz, de las sociedades Especialidades Dentales Kalma, S.A.; Clinisoft, Soluciones Jurídicas e Informáticas, S.L. y Mediclog Sanitaria, S.L.; y representante persona física de Especialidades Dentales Kalma, S.A., como administradora única de las sociedades American M Y D, S.L.; Kalma Gestión y Servicios, S.L.U.; Maclide Investments, S.L.; Ocean Trading Europe, S.L. y Programa de Gestión Julia, S.L.
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