En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319, 304 y 305 de la Ley de Sociedades de Capital (TRLSC), se hace público a los efectos oportunos, que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de "Establiments Maragall, S.A.", celebrada el día 19 de enero de 2026, acordó por mayoría y en dos acuerdos independientes:
A) Reducir el capital social en la cantidad de 69.708,59 Euros, mediante la amortización de 23.159 acciones propias (numeradas de la 26.313 a la 29.884, 33.261 a la 33.636, 34.853 a la 35.668, 39.533 a la 40.000 (todas ellas de la serie C); 42.501 a la 44.000 (serie D); 57.270 a la 61.915 (serie E) y de la 1 a la 6.586, 13.323 a la 18.873 (todas ellas de la serie F), todas inclusive), de un valor nominal por acción de 3,01 Euros cada una, que poseía la Sociedad en autocartera, las cuales habían sido previamente adquiridas por la Sociedad al amparo de lo previsto en el artículo 146.1 TRLSC, con base en lo autorizado en su momento por la Junta General.
Dado que la finalidad de la reducción es la amortización de acciones en autocartera, afectando por igual a todos los accionistas, no procede acuerdo separado de la mayoría de los accionistas interesados y, de conformidad con el artículo 335.c) de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores no pueden oponerse a la reducción dado que la misma se realiza con cargo a beneficios o reservas libres, acordándose asimismo la constitución de una reserva por el importe del valor nominal de las acciones a amortizar, de la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción de capital.
A tenor de la reducción acordada, se modifican los artículos 5 y 6 de los Estatutos Sociales, quedando fijado el capital de la sociedad, tras la reducción, en 176.024,80 Euros, dividido en 58.480 acciones ordinarias, nominativas e iguales de 3,01 Euros de valor nominal cada una de ellas, totalmente suscritas y desembolsadas, y representadas mediante títulos, que podrán ser múltiples.
B) Sujeto a la ejecución del anterior acuerdo, aumentar el capital social en la cantidad de 100.335,34 Euros, mediante la creación y puesta en circulación de 33.334 nuevas acciones nominativas e iguales de la serie F, de 3,01 Euros de valor nominal cada una de ellas, sin prima, numeradas de la 24.024 a la 57.357, ambas inclusive, reconociendo el derecho de suscripción preferente de los actuales accionistas en proporción al valor nominal de las que posean. El plazo para ejercer el derecho de suscripción preferente se fija en un mes desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de nuevas acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
El Administrador Único de la sociedad quedó facultado para que, transcurrido el anterior plazo, declare aumentado el capital en la cuantía de las suscripciones efectuadas, pudiendo asimismo colocar las acciones no suscritas en favor de las personas físicas y jurídicas que estime oportuno y que las acepten. Se admite expresamente la suscripción incompleta del aumento, quedando el capital ampliado en la cuantía efectivamente suscrita y anuladas las acciones no suscritas.
Una vez ejecutado el acuerdo de aumento de capital social, el administrador único deberá dar nueva redacción a los Estatutos Sociales a fin de recoger en los mismos la nueva cifra de capital social.
Todo lo anterior se hace público en cumplimiento de lo establecido en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital en materia de publicidad del acuerdo de reducción de capital, dejando expresa constancia de la publicación de este anuncio en la página web de la sociedad y en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, así como a los efectos del artículo 305 de la referida Ley, para el ejercicio por los accionistas de su derecho de suscripción preferente en la forma y plazo anteriormente indicados en relación con el aumento de capital acordado.
Barcelona, 16 de abril de 2026.- El Administrador único, Don Joan Anton Maragall Garriga.
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