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Documento BORME-C-2026-104

GRUPO EMPRESARIAL SEMAICA, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

SEMAICA INVERSIONES, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 8, páginas 119 a 119 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-104

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directiva de la Unión Europea en Materia de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (el "RDL 5/20232), se hace público que la Junta General de Socios Universal de la sociedad Grupo Empresarial Semaica, S.L., de fecha 22 de diciembre de 2025, ha aprobado por unanimidad la fusión por absorción de la sociedad Semaica Inversiones, S.L.U. (Sociedad Absorbida), por parte de Grupo Empresarial Semaica, S.L. (Sociedad Absorbente), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal la totalidad de sus derechos y obligaciones.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de ambas sociedades intervinientes en la fusión con fecha 19 de noviembre de 2025, y se realiza de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbida está participada íntegramente por la Sociedad Absorbente.

Asimismo, habiéndose adoptado el acuerdo de fusión según lo preceptuado en artículo 9.1 del RDL 5/2023, el acuerdo ha podido adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por el RDL 5/2023.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener texto íntegro de las decisiones adoptadas y los respectivos balances de fusión.

Asimismo, se hace constar el derecho de protección previsto en los artículos 13 y 14 del RDL 5/2023 que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión cuyos créditos hubieran nacido con anterioridad a la presente publicación y que aún no hubieran vencido.

Madrid, 8 de enero de 2026.- El Secretario del Consejo de Administración de Grupo Empresarial Semaica, S.L, Martín Pallares Sevilla y el Administrador Único de Semaica Inversiones, S.L.U., Mauricio Andrés Rodríguez Suárez.

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