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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 285 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa que la Junta General Extraordinaria de Alter Cap II, SCR, S.A. celebrada el día 26 de febrero de 2025 con el quorum y mayorías exigidas por la normativa vigente y los estatutos sociales, ha acordado la reactivación de la sociedad, cuya disolución se produjo por haber transcurrido el plazo de duración fijado en los estatutos sociales.
Como consecuencia de este acuerdo, la sociedad recupera su personalidad jurídica y continuará su actividad. Asimismo, se ha procedido a la modificación de los estatutos sociales para suprimir la limitación de duración de la sociedad, todo ello en cumplimiento de los requisitos legales.
Se hace constar que el acuerdo de reactivación ha sido adoptado con el consentimiento de todos los socios.
Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reactivación de la sociedad, en las mismas condiciones y con los mismos efectos previstos en la ley para el caso de reducción del capital. El derecho de oposición habrá de ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo.
Sevilla, 1 de diciembre de 2025.- Administrador Único, Ángel González Bravo.
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