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Documento BORME-C-2025-6653

INTERCOMARQUES, SOCIEDAD ANONIMA

(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)

SALVAR 25, SOCIEDAD LIMITADA

(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 233, páginas 8111 a 8111 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6653

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 y siguientes del Real Decreto-Ley 5/2023, se hace público que el órgano de administración de la sociedad INTERCOMARQUES S.A., en fecha 30 de junio de 2025, aprobó el proyecto de escisión parcial por el que se transmite en bloque y por sucesión universal una parte de su patrimonio, consistente en determinados inmuebles, a favor de la sociedad SALVAR 25, S.L., de responsabilidad limitada, que se constituirá con ocasión de la presente escisión. Los socios de la sociedad escindida recibirán directamente y en proporción a sus participaciones en dicha sociedad, las participaciones de la sociedad beneficiaria.

La presente Escisión Parcial no comportará la extinción de la Sociedad Parcialmente Escindida. Se aprobaron los respectivos Balances de Escisión Parcial cerrados a 31 de diciembre de 2024.

La escisión parcial se ha acordado conforme al procedimiento unánime regulado en el art. 9 RDLME conforme al proyecto de escisión de 30 de Junio de 2025 formulado por los administradores de la Sociedad parcialmente escindida sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos para la convocatoria y al ser proporcional de acuerdo con el régimen simplificado del art. 71.1 RDLME sin informe de los administradores, ni informe de experto independiente.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida de obtener el texto íntegro del proyecto de escisión en el domicilio social. Se informa también a los acreedores de las Sociedades sobre su derecho a oponerse a la Escisión durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de acuerdos de Escisión Parcial, todo ello según lo previsto en los artículos 10 y 13 del Real Decreto-ley 5/2023.

Lleida, 2 de diciembre de 2025.- Administrador Unico, Abel Salvador Valero.

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