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Documento BORME-C-2025-6628

CAL JANET, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE Y SOCIEDAD ESCINDIDA)



CAMPING LA CERDANYA, S.L.

HOTEL MUNTANYÀ PRULLANS, S.L.U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)



CERDANYA VIVA ECOESTADES, S.L.U.

(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 232, páginas 8082 a 8083 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2025-6628

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que, entre otras cuestiones, se adoptan determinadas medidas de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("RDL 5/2023"), se hace público que, en fecha 28 de noviembre de 2025,

(i) el socio único de Cal Janet, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") y la junta general extraordinaria y universal de socios de Camping la Cerdanya, S.L., por unanimidad, han aprobado la fusión de la Sociedad Absorbente, Camping la Cerdanya, S.L. y Hotel Muntanyà Prullans, S.L.U., sociedad íntegramente participada por el mismo socio único que la Sociedad Absorbente (las "Sociedades Absorbidas"), que implica la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque, por sucesión universal, del patrimonio de las Sociedades Absorbidas en beneficio de la Sociedad Absorbente y la consiguiente disolución de las Sociedades Absorbidas sin liquidación, lo que conlleva la extinción de estas; y

(ii) de forma sucesiva y en unidad de acto, el socio único de Cal Janet, S.L.U. (la "Sociedad Escindida"), y el socio único de Cerdanya Viva Ecoestades, S.L.U., sociedad íntegramente participada por el mismo socio único que la Sociedad Escindida (la "Sociedad Beneficiaria"), ha aprobado la escisión parcial de la Sociedad Escindida a favor de la Sociedad Beneficiaria, mediante la transmisión en bloque, por sucesión universal, de parte del patrimonio de la Sociedad Escindida consistente en la unidad económica de explotación hotelera y de hostelería a favor de la Sociedad Beneficiaria, reduciendo la Sociedad Escindida su capital social y reservas voluntarias en la cuantía correspondiente.

todo ello de conformidad con el procedimiento previsto en los artículos 9 y 53.1 RDL 5/2023, por remisión de los artículos 56.1 y 63 RDL 5/2023 y en los términos y condiciones que resultan del Proyecto común de Fusión y Escisión formulado y suscrito por el respectivo administrador único de la Sociedad Absorbente y Sociedad Escindida, las Sociedades Absorbidas y la Sociedad Beneficiaria en fecha 30 de junio de 2025, depositado en el Registro Mercantil de Lleida.

A los efectos de lo establecido en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Absorbente y Sociedad Escindida, las Sociedades Absorbidas y la Sociedad Beneficiaria de obtener el texto íntegro de las decisiones y acuerdos de Fusión y Escisión aprobados, así como los respectivos balances de fusión y escisión.

En Prullans (Lleida), 1 de diciembre de 2025.- D. David Isern Casanovas. Administrador único de Cal Janet, S.L.U., Camping la Cerdanya, S.L., Hotel Muntanyà Prullans, S.L.U. y Cerdanya Viva Ecoestades, S.L.U.

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