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Documento BORME-C-2025-6617

UCOGA ASESORES, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

CIMA GESTIÓN DE RIESGOS, S.L.UNIPERSONAL

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 232, páginas 8068 a 8069 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6617

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/ 2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("RDL 5/2023"), se hace público que el 28 de noviembre de 2025 la Junta General Universal Extraordinaria de los Socios de Ucoga Asesores, S.L., (Sociedad Absorbente) y socio único de la mercantil Cima Gestión de Riesgos, S.L. Unipersonal (Sociedad Absorbida) en ejercicio de sus competencias en Junta General Extraordinaria y Universal, han aprobado por unanimidad el acuerdo de fusión por parte de Ucoga Asesores, S.L., de su sociedad íntegramente participada Cima Gestión de Riesgos, S.L. Unipersonal sobre la base del proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de las Sociedades a Fusionar con fecha 27 de octubre de 2025.

Dado que la fusión aprobada es una Fusión Especial, por Absorción de Sociedad Íntegramente Participada, al ser la Sociedad Absorbente titular de la totalidad de las participaciones de la Sociedad Absorbida, no se han aplicado las normas de emisión de informe de Administradores y de experto independiente sobre el citado proyecto ni el resto de los requisitos indicados en el artículo 53 del citado RD- Ley 5/2023. La presente fusión implica la extinción de la personalidad jurídica de la Sociedad Absorbida, Cima Gestión de Riesgos, S.L. Unipersonal y la transmisión y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, Ucoga Asesores, S.L., habiéndose aprobado asimismo los balances de fusión de ambas sociedades cerrados a 30 de septiembre de 2025.

A efectos contables, las operaciones que se realicen por la sociedad absorbida desde el 1 de enero de 2025, hasta la fecha de inscripción de la fusión en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela, se entenderán realizadas, por cuenta de la sociedad absorbente, todo ello conforme al proyecto de fusión redactado por los órganos de administración de las dos sociedades participantes.

De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del RDL 5/2023, el acuerdo se adopta sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, salvo por lo referido al informe destinado a los trabajadores.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión. Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a fusionar a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1, apartados 1º, 2º y 3º del RDL 5/ 2023 en el plazo de un mes a contar a partir de la publicación del último anuncio de fusión. Asimismo, se ha puesto en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 RDL 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

La presente fusión se acogerá al Régimen Tributario establecido en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Santiago de Compostela, 28 de noviembre de 2025.- El Presidente del consejo de Administración de Ucoga Asesores, S.L. Aira, S. COOP. Galega, representada por Jesús Bardelás Hermida y el Administrador único de Cima Gestión de Riesgos, S.L. Unipersonal, Ucoga Asesores, S.L., representada por Jesús Bardelás Hermida.

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