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Documento BORME-C-2025-6612

MIMARA ASTURIAS RESIDENCIAL, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

BUSINESS WHAT ELSE, S.L.U.

DOMINIO DE BALBOA, S.L.U.

MIMARA ANDALUCIA RESIDENCIAL, S.L.U

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 232, páginas 8063 a 8063 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6612

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de MIMARA ASTURIAS RESIDENCIAL, S.L.U., BUSINESS WHAT ELSE, S.L.U., DOMINIO DE BALBOA, S.L.U. y MIMARA ANDALUCIA RESIDENCIAL, S.L.U., celebradas el 25 de noviembre de 2025, acordaron por unanimidad aprobar la fusión de dichas compañías, mediante la absorción por parte de MIMARA ASTURIAS RESIDENCIAL, S.L.U. mediante transmisión a título universal del patrimonio a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación o extinción de las sociedades absorbidas, con ampliación del capital social de la sociedad absorbente en la cifra correspondiente, todo ello con modificación de los artículos correspondientes de los estatutos sociales, conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión redactado por los administradores de las sociedades intervinientes el 27 de junio de 2025 (no habiendo sido necesario su depósito en el Registro Mercantil, ni informe del órgano de administración, al haberse adoptado el acuerdo en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto), y según los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2024, aprobados por los socios.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, que podrán ejercer en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos establecidos en el artículo 13 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, de Modificaciones Estructurales.

Siero, 26 de noviembre de 2025.- Administrador único, Miguel Ángel Márquez López.

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