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Documento BORME-C-2025-6605

CASTULO ASISTENCIA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

GESTIONES PARTANLAS, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 232, páginas 8056 a 8056 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6605

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME"), se hace público que las Juntas Generales de Socios de CASTULO ASISTENCIA, S.L. (Sociedad Absorbente), con domicilio social en calle Alonso de Molina, 7 bajo 23400-Úbeda (Jaén) y el socio único de GESTIONES PARTANLAS, S.L.U. (Sociedad Absorbida), con domicilio social en calle Alonso de Molina, 7 bajo 23400-Úbeda (Jaén), reunidas, en ambos casos, con carácter extraordinario y universal, en ejercicio de las competencias que le son atribuidas, han adoptado en ambas sociedades con fecha: 28 de noviembre de 2025, la dedición de aprobar la fusión por absorción de GESTIONES PARTANLAS, S.L.U. por parte de CASTULO ASISTENCIA, S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por parte de la sociedad absorbente.

Los acuerdos de fusión, conforme al proyecto común de fusión redactado por la Administradora Única de la sociedad absorbente y la Administradora Única de la sociedad absorbida, han sido adoptados, en cada una de las sociedades, en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 6 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe los Administradores sobre e proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Úbeda (Jaén), 1 de diciembre de 2025.- Administradora única de ambas sociedades, Leonor López Rodríguez.

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