Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante "LME"), se hace público que, con fecha 26 de noviembre de 2025, el socio único de la sociedad "Incoa Grupo Empresarial, S.L.U." (la "Sociedad"), ha decidido la segregación de la Sociedad a favor de la sociedad existente denominada "Incoa Bim, S.L." (la "Sociedad Beneficiaria") en los términos establecidos en el proyecto de segregación elaborado por los órganos de administración de ambas sociedades, con fecha 24 de noviembre de 2025.
La segregación implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad donde reside la actividad empresarial de prestación de servicios de ingeniería técnica, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria, y la atribución de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria a la Sociedad.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro de los acuerdos de segregación adoptados.
Granada, 26 de noviembre de 2025.- El Administrador único de "Incoa Grupo Empresarial, S.L.U.", Don José Manuel Pozo Molina.
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