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Documento BORME-C-2025-6404

INMOKARMA, SOCIEDAD LIMITADA

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

SELBAFINC, SOCIEDAD LIMITADA

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 226, páginas 7825 a 7825 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6404

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto- ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (la "LME"), se hace público que, en fecha 15 de julio de 2024, el accionista único de la sociedad INMOKARMA, S.L., en ejercicio de sus competencias atribuidas al accionista único, ha aprobado la fusión por absorción de SELBAFINC, S.L.(Sociedad absorbida) en favor de INMOKARMA. S.L. (Sociedad Absorbente), siendo de aplicación el régimen simplificado previsto en la LME, con las especialidades previstas en los artículos 9 y 53 de la LME.

Por medio de la referida operación de fusión por absorción, la Sociedad Absorbida, SELBAFINC, S.L., se extinguirá, mediante su disolución sin liquidación, produciéndose la transmisión en bloque y por sucesión universal de su patrimonio a favor de INMOKARMA, S.L. (Sociedad Absorbente).

La fusión se realiza en los términos y condiciones previstos en el proyecto común de fusión suscrito por el administrador único de ambas sociedades en fecha 1 de mayo de 2024, utilizando como balances de fusión los balances cerrados y auditados a 31 de diciembre de 2023 de INMOKARMA, S.L. y SELBAFINC, S.L.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 8 LME que ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por el administrador único de las sociedades con fecha 1 de mayo de 2024. De conformidad con el artículo 9 de la LME el acuerdo podrá adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 de la LME se publica el presente anuncio de fusión, haciendo constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión aprobados.

Xàbia/Jávea, 21 de noviembre de 2025.- Administrador único, Antonio Lacueva Bisquert.

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