Contido non dispoñible en galego
Anuncio público de anulación de ampliación de capital de Real Murcia c.f., S.A.D. adoptada en junta general de accionistas de 4 de septiembre de 2018.
D. Felipe Moreno Romero, con N.I.F. 50031190-A, actuando en nombre y representación de Real Murcia C.F., S.A.D., con C.I.F. A-30016315 y domicilio Avda. de la Afición de Real Murcia s/n – Churra (Murcia), en su condición de Presidente y Consejero Delegado del Consejo de Administración, como mejor proceda en derecho, informo:
I.- En fecha 20 de octubre de 2025 se ha producido sentencia (nº 1448/2025) de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en procedimiento de casación e infracción procesal núm.: 1953/2021 en base a recurso de casación interpuesto por Real Murcia C.F., S.A.D. contra la sentencia n.º 43/2021, de 21 de enero de 2021, de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Murcia que, a su vez, resolvía recurso de apelación interpuesto por la sociedad Iconos Nacionales S.R.L. de Capital Variable en procedimiento promovido por esta de impugnación de acuerdos sociales de Junta General de Real Murcia C.F., S.A.D. celebrada el 4 de septiembre de 2018.
La sentencia (nº 1448/2025) de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo acuerda: "1.º Desestimar los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por el Real Murcia Club de Fútbol S.A.D. contra la sentencia n.º 43/2021, de 21 de enero, dictada por la Sección 4.ª de la Audiencia Provincial de Murcia (rollo n.º 30/2020), que conoció de la apelación de la sentencia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia de 5 de noviembre de 2019 (procedimiento ordinario n.º 479/2018)….".
En consecuencia, ha adquirido firmeza la sentencia de la Audiencia provincial de Murcia n.º 43/2021, de 21 de enero, cuya parte dispositiva establece: «Que debemos estimar el recurso interpuesto por Iconos Nacionales Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable contra la sentencia de fecha 5 de noviembre de 2019, según rectificación efectuada por auto de 11 de noviembre, dictada por el Juzgado Mercantil n.º 1 (mediante auto de 24 de febrero de 2021 se corrigió el anterior error en la indicación del número del juzgado) de Murcia, y en consecuencia, se deja sin efecto, y en su lugar, con estimación de la demanda, declaramos la nulidad de los acuerdos de ampliación de capital adoptados en la junta general de Real Murcia Club de Fútbol S.A.D. de fecha 4 de septiembre de 2018, dejándose sin efecto los adoptados en su ejecución sin imposición de las de costas de ambas instancias. Firme esta resolución, procédase a la cancelación registral de los mismos."
II.- Real Murcia C.F., S.A.D., con motivo de los acuerdos de la Junta celebrada el 4 de septiembre de 2018 ahora anulados, ejecutó ampliación de capital dineraria finalmente establecida en 1.323.830,59.-€ por la suscripción, y desembolso, de 10.851.070 nuevas acciones nominativas de 0,122 de valor nominal cada una de ellas.
Como consecuencia de la firmeza de la mencionada sentencia de la Audiencia provincial de Murcia n.º 43/2021, de 21 de enero, ha quedado anulada la ampliación de capital referida en el párrafo anterior.
III.- El capital social de Real Murcia, C.F.,S.A.D., tras la anulación de la ampliación de capital mencionada, a fecha de hoy, queda fijado en la cifra de 9.907,507,07 €, producto de restar el capital anulado (1.323.830,59 €) con motivo de la referida sentencia del importe que existente con anterioridad (11.377.231,66 €).
El capital social de Real Murcia C.F.,S.A.D. establecido en 9.907,507,07 € tras el mandato judicial firme recibido, por tanto, es el compuesto por los todos accionistas inscritos en el libro de registro de socios en la configuración del mismo, una vez excluidos los que suscribieron en la ampliación de capital celebrada el 4 de septiembre de 2018, siendo aquellos que continúan inscritos los únicos que ostentan tal condición de socio y los derechos inherentes a la misma a esta fecha.
Murcia, 17 de noviembre de 2025.- El Presidente y Consejero Delegado del Real Murcia C.F., S.A.D, D. Felipe Moreno Romero.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid