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Documento BORME-C-2025-6314

MASA RENTAL SOCIMI, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

MANOLI CONSTRUCCIONES, PROMOCIONES Y VENTAS MASA, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 7720 a 7720 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6314

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, el "RDL"), se hace público que, en fecha 13 de noviembre de 2025, el Accionista Único de Masa Rental Socimi, S.A. (la "Sociedad Absorbente"), aprobó la fusión mediante la absorción de Manoli Construcciones, Promociones y Ventas Masa, S.A.U. (la "Sociedad Absorbida") (la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida, conjuntamente, las "Sociedades Intervinientes"), con la consiguiente transmisión en bloque del patrimonio social de esta a la Sociedad Absorbente, que la adquirirá por sucesión universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones que componen el patrimonio de la Sociedad Absorbida.

La operación de fusión se aprobó conforme al proyecto común de fusión suscrito por los órganos de administración de las Sociedades Intervinientes en fecha 30 de octubre de 2025 y se realiza de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 del RDL, al tratarse de una operación de fusión en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las acciones en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida.

Asimismo, se hace constar que, a los efectos legales oportunos, antes de la Junta General de Accionistas, se ha puesto a disposición de la representación legal de las personas trabajadoras de la Sociedad Absorbente la documentación prevista en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, y los artículos 5 y 7 del RDL, así como del artículo 46 del mismo texto legal, incluyendo el informe del órgano de administración y el proyecto de fusión. Se hace constar en este sentido que no existen personas trabajadoras en la Sociedad Absorbida.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 del RDL, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las Sociedades Intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el respectivo balance de fusión y transformación.

Asimismo, se hace constar el derecho de protección previsto en los artículos 13 y 14 del RDL que asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbida cuyos créditos hubieran nacido con anterioridad a la presente publicación y que aún no hubieran vencido.

Por último, se hace constar, a efectos del mencionado artículo 10 del RDL, la publicación del anuncio de fusión en uno de los diarios de mayor difusión en la provincia en la que las Sociedades Intervinientes tienen su domicilio.

En Madrid a, 20 de noviembre de 2025.- Consejeros del Consejo de Administración de Masa Rental Socimi, S.A., D. Justo Antonio Quesada Mendiola, D. Manuel Quesada Mendiola, Doña Cristina Quesada Mendiola y Doña María José Quesada Mendiola, y Administrador Único de Manoli Construcciones, Promociones y Ventas Masa, S.A.U, D. Justo Antonio Quesada Mendiola.

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