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Documento BORME-C-2025-6311

GREEN TAL, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

AYTEC DIGITAL, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 7717 a 7717 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6311

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023,de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("RDL 5/2023") se hace público que con fecha 2 de noviembre de 2025, se celebró la Junta General Extraordinaria y Universal de las entidades GREEN TAL, S.A., (Sociedad Absorbente) y AYTEC DIGITAL, S.L.U. (Sociedad Absorbida), y se aprobó por unanimidad la fusión por absorción de la sociedad AYTEC DIGITAL, S.L.U. por parte del socio único, GREEN TAL, S.A., con la entera transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida, que se extinguirá sin liquidación, y la sucesión universal de sus derechos y obligaciones a la sociedad absorbente, todo ello según los términos del proyecto común de fusión impropia, suscrito el día 30 de octubre de 2025 por los órganos de administración de las sociedades que participan en la fusión.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley de Modificaciones Estructurales, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, considerándose como un supuesto de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del RDL 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la ley.

Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden. Se hace constar el derecho de protección a los socios y de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del Real Decreto-Ley 5/2023.

Las Rozas de Madrid, 5 de noviembre de 2025.- Consejero delegado de Green Tal S.A, Don Javier Moncayo Barripedro.

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