Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio ("LSC"), se hace público que la junta general extraordinaria de accionistas de Dynacast España, S.A. (la "Sociedad"), celebrada en segunda convocatoria el día 18 de noviembre de 2025 en Santa Perpètua de Mogoda (Barcelona), ha acordado válidamente reducir el capital social de la Sociedad, actualmente de 6.705.251€, en la suma de 298.888€, dejándolo fijado en 6.406.363€, mediante la amortización de todas las acciones de la Sociedad que no son titularidad de KDI Luxembourg, S.à r.l., es decir, 298.888 acciones de 1€ de valor nominal cada una de ellas, con la finalidad de devolver aportaciones a los accionistas.
Conforme a lo aprobado por la referida junta general extraordinaria de accionistas de la Sociedad, en la forma prevista en los artículos 293 y 329 LSC, el importe a abonar en metálico por la Sociedad a los accionistas cuyas acciones son objeto de amortización es de 4,44€ por cada acción amortizada y, por lo tanto, el importe total a abonar por la Sociedad asciende a la cantidad de 1.327.062,72€.
En el plazo de quince días siguientes a la publicación del presente anuncio, los accionistas titulares de las acciones amortizadas deberán comunicar a la Sociedad el número de cuenta bancaria donde desean recibir la devolución del valor de sus aportaciones, contra acreditación de la titularidad de sus acciones. Transcurrido el plazo indicado, la Sociedad procederá a consignar las devoluciones del valor de las aportaciones correspondientes a los accionistas que no hayan acreditado la titularidad de sus acciones en entidad de crédito del término municipal de Santa Perpètua de Mogoda, a disposición de los interesados. La Sociedad efectuará la devolución del valor de las aportaciones en un plazo máximo de un mes desde la fecha de la adopción del acuerdo de reducción de capital, esto es, desde el 18 de noviembre de 2025.
Se deja expresa constancia de que la referida junta general extraordinaria de accionistas de la Sociedad ha acordado igualmente la dotación de una reserva indisponible por importe de 298.888€, esto es, por el importe del valor nominal de las acciones amortizadas, de la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción de capital social, en aplicación de lo previsto en el artículo 335 c) LSC. En consecuencia, los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición a que se refiere el artículo 334 LSC en relación con la reducción de capital acordada.
Igualmente se hace constar que la Sociedad procederá a liquidar e ingresar la cuota tributaria correspondiente al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en su modalidad de Operaciones Societarias (al tipo de gravamen del 1%) dentro del plazo establecido al efecto, por cuenta de los accionistas que reciben la devolución del valor de sus aportaciones.
Santa Perpètua de Mogoda (Barcelona), 19 de noviembre de 2025.- Administrador solidario, D. Josef Ing Ungerhofer.
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