En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se anuncia que la Junta General Extraordinaria de Socios de Fanair, S.L., celebrada con carácter universal el 30 de octubre de 2025, ha aprobado por unanimidad la escisión parcial de Fanair, S.L., sin extinción de la misma, mediante su traspaso, en bloque y por sucesión universal, de parte de su patrimonio, en favor de la sociedad de nueva creación Dossau Palm Fuenlabrada, S.L., quien adquirirá todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido, en los términos y condiciones del proyecto de escisión parcial suscrito por el órgano de administración.
La nueva Sociedad Beneficiaria se constituirá simultáneamente como consecuencia de la Escisión Parcial proyectada, participando los socios de ésta en el capital social de la Sociedad beneficiaria creada en la misma proporción que participaban en la Sociedad Escindida, todo ello de acuerdo con el artículo 71.1 del RDL 5/2023.
La escisión parcial ha sido adoptada sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, sin informe de los administradores sobre el proyecto de escisión parcial, ni el informe de expertos independientes, dado que el acuerdo ha sido aprobado por unanimidad de los socios.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance presentado, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos previstos en el Real Decreto-ley 5/2023.
Madrid, 31 de octubre de 2025.- El Administrador Único de la Escindida, parcialmente, y de la Beneficiaria, José Serrano Cogolludo.
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