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Documento BORME-C-2025-6064

CSB PARQUE DEL OESTE, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA)

CSB RENT GIJÓN, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 7415 a 7415 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6064

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto- Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (RDL 5/2023) se hace público que el día 3 de noviembre de 2025, la Junta General Extraordinaria y Universal de CSB PARQUE DEL OESTE, S.L. (Sociedad Escindida) ha aprobado la escisión parcial proporcional de la sociedad, mediante la transmisión en bloque de la rama de actividad de arrendamiento de viviendas a favor de CSB RENT GIJÓN, S.L. (beneficiaria de nueva creación).

El acuerdo de escisión ha sido adoptado conforme al proyecto común de escisión, redactado por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión, con fecha 31 de octubre de 2025. La escisión se realiza de conformidad con lo previsto en los artículos 58 y 60 RDL 5/2023, al tratarse de una escisión parcial proporcional en la que los socios de la Sociedad escindida son titulares de forma directa y en la misma proporción de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Beneficiaria. En consecuencia, no resulta necesaria para esta escisión el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión en virtud del art 71 RDL 5/2023.

Habiéndose acordado por unanimidad la escisión por la Junta General Extraordinaria y Universal de CSB PARQUE DEL OESTE, S.L., de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 RDL 5/2023, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por el RDL 5/2023.

Se hace constar el derecho de socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo y el balance en el domicilio social de CSB PARQUE DEL OESTE, S.L.

Los acreedores de la sociedad podrán solicitar garantías adecuadas, en los términos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

Gijón, 6 de noviembre de 2025.- Administradora Solidaria, María Calvo Carvajal.

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