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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, (…) de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (…) (la "LME"), se hace público que el 5 de noviembre de 2025 las juntas generales de accionistas de Aqualandia España, S.A. (la "Sociedad Absorbente") y de Inmobiliaria Monte Benidorm, S.A. (la "Sociedad Absorbida") aprobaron, por unanimidad de todos los accionistas asistentes en ambos casos, la fusión por absorción de la segunda por la primera, de conformidad con el proyecto común de fusión (el "Proyecto") formulado el 19 de mayo de 2025 por el administrador único de ambas sociedades. La fusión aprobada tiene la condición de no simplificada, al no ser de aplicación ninguno de los supuestos especiales previstos en la Sección 7ª del Capítulo II de la LME.
Según el Proyecto, se aprobaron como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2024, que han sido verificados por el auditor de cuentas sólo en el caso de la Sociedad Absorbente, por estar sometidas a auditoría sus cuentas anuales, de conformidad con el artículo 44 de la LME. En virtud de la fusión así aprobada, la Sociedad Absorbente adquirirá en bloque y por vía de sucesión universal el patrimonio social íntegro, con todos los derechos y obligaciones en él incluidos de la Sociedad Absorbida, que de este modo quedará disuelta, sin necesidad de previa liquidación.
La fusión se ha realizado con ampliación del capital social de la Sociedad Absorbente suscrita por los titulares de acciones de la Sociedad Absorbida, habiéndose acordado la modificación del artículo 8 de los estatutos sociales de la Sociedad Absorbente, y con amortización de todas las acciones entre las que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida.
Se hace constar que con fecha 24 de septiembre de 2025 se han insertado en la página web de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida los documentos a los que se refieren los artículos 7.1, 5 y 46 de la LME, y se ha publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 3 de octubre de 2025 la inserción de los documentos a los que se refiere el artículo 7.1 de la LME en las correspondientes páginas web de las sociedades participantes en la fusión. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de ambas sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los respectivos balances de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de ambas sociedades a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1, apartados 1º, 2º y 3º de la LME.
La presente fusión se acogerá al Régimen Tributario establecido en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Benidorm, 7 de noviembre de 2025.- Groupe Santa María, S.A.S., representado por Franck Olivier Santa María, administrador único de Aqualandia España, S.A. e Inmobiliaria Monte Benidorm, S.A.
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