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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("RDL 5/2023"), se hace público que el socio único de Acalbou, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y la Junta General Extraordinaria y Universal de Magoal 2020, S.L. (Sociedad Absorbida) por unanimidad, han acordado en fecha 20 de octubre de 2025, fusionar las sociedades en los términos que figuran en el proyecto común de fusión.
La fusión por absorción implicará la disolución sin liquidación de Magoal 2020, S.L. traspasando en bloque y a título universal todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a Acalbou, S.L.U.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de la fusión, así como el derecho a oponerse a la fusión de acuerdo con lo prevenido en el artículo 44 de la citada Ley.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13 del RDL 5/2023 en el plazo de un mes a contar a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 de la Ley.
Madrid, 30 de octubre de 2025.- Magoal 2020, S.L., representado por Maria González Álvarez como Administrador único saliente de Acalbou, S.L.U. y Maria González Álvarez como Administrador único entrante de Acalbou, S.L.U. y Administrador único de Magoal 2020, S.L.
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